IGUALDAD
El protocolo que pone fin a la “tortura” de los migrantes trans que no podían cambiar su sexo en los registros
Antes de llegar a España, Vlada había pasado ocho años refugiada en Costa Rica tras huir de Nicaragua. En noviembre de 2025 aterrizó en Madrid dentro de un programa de reasentamiento para personas refugiadas impulsado por el Ministerio del Interior, el de Inclusión y organismos internacionales. En el vuelo viajaban 322 personas y entre ellas tres eran mujeres trans. En ese momento pensaba que ya había superado lo más difícil, pero al recibir su nueva documentación se encontró con que el nombre y el sexo que figuraban en los documentos no se correspondían con su identidad.
“Llevaba toda una vida con un nombre y un género. Todos mis registros, incluso los bancarios, estaban con ese nombre”, recuerda en conversación con infoLibre. Junto a las otras dos mujeres que la acompañaban intentó resolver la situación en el mismo operativo de llegada, pero la respuesta inicial fue que debían seguir el procedimiento habitual. Solo la intervención de un alto cargo del Ministerio del Interior, que calificó la situación como una vulneración de derechos humanos, permitió desbloquear parcialmente el caso.
Aun así, la solución no fue inmediata. “Nos quedamos un mes o mes y medio bloqueadas. Mientras el resto de personas avanzaban con el empadronamiento, la sanidad o el resto de trámites, nosotras no podíamos hacer prácticamente nada”, explica. Ese tiempo, asegura, fue “de mucha tortura psicológica, física y emocional”, además de retrasar su integración social y laboral. Finalmente recibió una resolución de “rectificación de error material” que modificaba su nombre y su sexo y le permitió continuar con el proceso de regularización.
Como Vlada son muchas las personas extranjeras que se han visto afectadas en España por no poder realizar de una forma sencilla y rápida el cambio de nombre y género en sus documentos. Esta semana la situación ha dado un giro, ya que el Ministerio del Interior ha aprobado un nuevo protocolo policial que, tras tres años, desarrolla por fin el artículo 50 de la ley trans de 2023, que ya reconocía el derecho de las personas extranjeras a adecuar el nombre y la mención relativa al sexo en la documentación expedida por España, pero cuya aplicación había permanecido bloqueada durante más de tres años por la ausencia de un procedimiento administrativo. infoLibre ha contactado con Interior para conocer las razones detrás de esta tardanza en la aprobación de un protocolo y explican que “los procedimientos llevan su tiempo”. “Lo importante es que se ha llevado a cabo”, añaden.
Con este nuevo marco, las personas extranjeras podrán solicitar la rectificación del nombre y del sexo en la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el certificado de registro de ciudadanos de la UE, los documentos de solicitantes de protección internacional, títulos de viaje y otros documentos expedidos por la Policía Nacional. Si la persona ya realizó el cambio en su país de origen, bastará con presentar el pasaporte actualizado. Si no pudo hacerlo porque su país no lo permite o hacerlo supondría un riesgo para su seguridad, la Brigada de Extranjería solicitará un informe al Ministerio de Asuntos Exteriores y, una vez acreditada esa imposibilidad, modificará el Registro Central de Extranjeros y expedirá nueva documentación.
65.000 personas beneficiadas
La Federación Estatal LGTBI+ estima que unas 65.000 personas podrán beneficiarse de esta medida, muchas de ellas procedentes de países donde el cambio registral de sexo no existe o incluso donde ser una persona trans continúa estando perseguido.
Para Judith García, miembro del eje jurídico de Accem, el principal problema hasta ahora era que el derecho existía sobre el papel, pero no podía ejercerse. “Desde que se aprobó la ley trans estaba prevista esta posibilidad, pero al no existir un procedimiento regulado, en la práctica era casi inviable”, explica. La situación afectaba especialmente a las personas refugiadas trans, precisamente aquellas que habían obtenido protección internacional por la persecución sufrida en sus países de origen. “No podían acudir a las autoridades de su país para modificar su documentación y, sin ese documento, tampoco podían cambiar sus datos en España”, resume.
“Esto les afecta en el ejercicio efectivo de derechos. En un currículum aparece un nombre que no se corresponde con quién eres, en una consulta médica te llaman por un nombre que provoca exposición, comentarios y discriminación”, denuncia García. Accem llevaba tiempo presentando solicitudes de cambio amparándose en la Ley 4/2023, pero, según García, “nos encontrábamos con mil barreras administrativas y, sobre todo, con el silencio de la Administración. La ley ya existía, lo que no existía era el protocolo”.
Desde CEAR, su directora, Mónica López, coincide en que la aprobación llega con retraso, aunque la considera un paso decisivo. “Era un procedimiento muy complejo y condenaba a las personas trans a tener una documentación con un nombre con el que no se identificaban”. Recuerda que muchas de las personas refugiadas con las que trabaja la organización han huido precisamente por la persecución sufrida por su orientación sexual o identidad de género y que mantener ese nombre en la documentación suponía prolongar el trauma.
“Celebramos la ley trans cuando se aprobó porque ya contemplaba este derecho. Lo que faltaban eran los protocolos para hacerlo efectivo. Han tardado tres años, que es mucho tiempo, pero por fin se ha hecho”, afirma. A su juicio, el nuevo procedimiento supone “un acto de justicia” porque evita que las personas trans tengan que revivir una situación de humillación cada vez que muestran un documento de identidad. “No basta con que el derecho esté escrito en una ley, tiene que poder hacerse efectivo”, concluye.