'Caso Plus Ultra'
La 'confesión' de los jefes de Plus Ultra complica el plan de Zapatero para librarse de los mensajes que envió EEUU
La estrategia de defensa del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en el llamado caso Plus Ultra se ha basado desde el comienzo en la negación de los hechos y en el ataque a algunas de las pruebas clave sobre las que se apoya la causa. Dentro de este último grupo se encuentran, entre otros, los mensajes que el Homeland Security Investigations, el brazo investigador del estadounidense Departamento de Seguridad Nacional, intervino en 2021 a Rodolfo Reyes Rojas –quien fuera máximo accionista de la aerolínea– y que fueron remitidos a las autoridades españolas el pasado mes de marzo. Zapatero ya ha dejado clara su intención de anular los mismos. Sin embargo, la confesión de los directivos de Plus Ultra complica el plan del expresidente de librarse de estas comunicaciones.
En una maniobra perfectamente coordinada, tres de los principales imputados en la causa anunciaron esta semana su intención de colaborar con la justicia. Es el caso del empresario Julio Martínez Martínez, durante años amigo íntimo del exlíder del Ejecutivo. Y también del presidente y el ex consejero delegado de la aerolínea, Julio Martínez Sola y Roberto Roselli, respectivamente. Todos ellos han señalado a Zapatero como pieza clave en la obtención del préstamo de 53 millones de euros que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) concedió en plena pandemia a Plus Ultra. Y han reconocido el pago de una comisión de 530.000 euros –el 1%– por dicha operación. Ahora bien, ninguno de ellos ha sido capaz de concretar qué gestiones hizo el expresidente o sobre quién influyó.
Los escritos enviados por los directivos se construyen, en parte, sobre el material que los estadounidenses extrajeron del teléfono de Reyes Rojas. De esta manera, reconocen que el 16 de mayo de 2020 Julio Martínez Sola escribió a Julio Martínez Martínez para intentar mantener una primera llamada telefónica. "Buenas tardes, Julio. Encantado de saludarte y un saludo del Presidente. ¿Cómo tienes mañana a media mañana?", respondió el segundo. O los mensajes que se intercambiaron el 18 de mayo Roselli y Reyes Rojas. "¿Vas a estar en la conversación con Zapatero?", preguntó el primero. "No con el directo. Hablo con un lacallo (sic.)... Pues ya le dijo a Julio que montaron su finance boutique. Así que por [ahí] vendrá la mordida", respondió el segundo.
También admiten la existencia de la conversación fechada el 4 de julio de 2020, un día después de la creación del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) –el instrumento financiero del que salió el préstamo para la aerolínea–, entre Reyes Rojas y Martínez Sola. En ella, el primero envía al segundo la noticia de la puesta en marcha del fondo. "¿Qué piensas?", preguntó. "Lo tiene Grupo Zapatero desde esta mañana. Ya estaban en ello (dicen). El martes, comemos Roberto y yo con Julio Martínez", contestó el presidente de Plus Ultra. Y también los mensajes del 6 de febrero de 2021, en los cuales Reyes Rojas contaba a Martínez Sola que otro socio había estado con "Zp" y que éste le dijo que "todo va viento en popa".
La ratificación de la veracidad de estas comunicaciones, señalan fuentes jurídicas consultadas por infoLibre, complica la estrategia del expresidente de invalidarlas. "La defensa lo tiene mucho más difícil [ahora]", señala un veterano magistrado. De la importancia de estas conversaciones dan buena cuenta tanto los movimientos del juez como los del abogado del exdirigente socialista. El primero, solicitando a EEUU "autorización expresa" para usar esos mensajes como "prueba" en el proceso. El segundo, reclamando abundante información sobre la obtención de los mismos con la vista puesta en una posible nulidad. Al fin y al cabo, para que sea válida en nuestro país una prueba llegada desde el extranjero debe haberse obtenido respetando las garantías constitucionales del proceso penal en España y eso es lo que la defensa de Zapatero pone en entredicho en el caso de los mensajes llegados de Homeland Security Investigations.
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional establece que la ilicitud de una prueba se extiende a otras derivadas si entre ellas existe una conexión natural o causal. En estos casos, la regla general, y así lo recuerda el Tribunal Supremo en algunas sentencias recientes, es que todo elemento probatorio que pretenda deducirse, por ejemplo, de un "hecho que vulnere el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones telefónicas" se halla también incurso "en la prohibición de valoración". No obstante, en supuestos excepcionales, "se ha venido admitiendo que estas pruebas son jurídicamente independientes de dicha vulneración, habiéndose reconocido como válidas y aptas para enervar el principio de presunción de inocencia". Es lo que se conoce como desconexión de antijuridicidad.
Así lo resume el Alto Tribunal en una sentencia de 2021 por un caso de tráfico de drogas: "Lo hallado tras las intervenciones telefónicas con vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones, y de los registros domiciliarios llevados a cabo como consecuencia derivada de tales intervenciones, no ha de tenerse por inexistente en la realidad y puede ser incorporado de forma legítima al proceso por otros medios de prueba. En particular, la declaración de los acusados, en la medida en que ni son en sí mismas contrarias al derecho al proceso con todas las garantías, ni son el resultado directo de las intervenciones telefónicas ni de los registros practicados, son una prueba independiente del acto lesivo de derechos fundamentales".
"La jurisprudencia permite la desconexión de la ilícita originaria respecto a la información que ofrecen los coimputados", señala uno de los magistrados consultados. Puede ocurrir, por tanto, que en el caso Plus Ultra se acabe declarando por razones procesales la nulidad de las conversaciones telefónicas de Reyes Rojas y que, al mismo tiempo, el contenido de las mismas siga presente en el procedimiento a través de las declaraciones de los directivos de la aerolínea. "El reconocimiento de un investigado, o acusado en el acto de juicio, sobre la veracidad de lo que ahí se dice también es una prueba que se puede tener en cuenta y que suele ser importante", resalta otro de los juristas consultados.
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Pese a la importancia del teléfono de Reyes Rojas, lo cierto es que los investigadores ya tenían la lupa puesta sobre Zapatero antes de recibir el contenido del mismo de sus colegas estadounidenses. Así se recogía en el auto por el que la jueza del tribunal 15 de Instrucción de Madrid, Esperanza Collazos, se inhibía a favor de la Audiencia Nacional. Por aquel entonces, la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) ya tenía recopilados los pagos de Análisis Relevante al expresidente del Gobierno y a WhatTheFav, la empresa de sus hijas. Y ya hablaba de Julio Martínez Martínez como la "persona interpuesta" al objeto de "canalizar pagos de terceros que habrían sido favorecidos" por las gestiones de Zapatero. Entre otros, completaba, la aerolínea Plus Ultra.
Uno de los principales indicios que los agentes, la Fiscalía Anticorrupción y la jueza manejaban por aquel entonces eran las conversaciones obtenidas durante el registro practicado al abogado Miguel Palomero de Juan, en las cuales había referencias a "Zorro", "Z" o "ZZZZ" –a quien los investigadores identificaban con Zapatero–. Aquella entrada se produjo en el marco de una investigación internacional sobre una supuesta trama de blanqueo de capitales con ramificaciones en nuestro país. Tras el análisis del material intervenido, Anticorrupción interpuso una querella contra, entre otros, Martínez Martínez y los directivos de Plus Ultra. A partir de ahí, se produjeron detenciones, registros y diligencias de investigación que han acabado con la imputación de Zapatero.
Por eso mismo, la defensa del expresidente del Gobierno, que lidera el prestigioso procesalista Víctor Moreno Catena, también ha puesto el foco sobre el análisis que se hizo del material incautado en el registro a Palomero. De ahí que a finales de junio solicitase a Calama que reclamase la "resolución judicial motivada" que habría autorizado el estudio del "contenido" de los dispositivos incautados. De no haberse obtenido dicha autorización, continuaba, "las garantías esenciales del procedimiento se verían laminadas". Y, en ese caso, todo ese material debería ser excluido del procedimiento, lo que inevitablemente provocaría el derrumbe de la causa –al fin y al cabo, todas las diligencias derivan de aquel análisis realizado–.