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    <title><![CDATA[infoLibre - Ley Transparencia]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/ley-transparencia/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Ley Transparencia]]></description>
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      <title><![CDATA[La OCDE alaba a España por su transparencia, pero la suspende en financiación de partidos y control del 'lobby']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ocde-alaba-regulacion-espanola-conflictos-interes-transparencia-espana-suspende-control-cuentas-partidos_1_2171448.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/01bf6c06-224b-4543-93a7-38a0783b7340_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La OCDE alaba a España por su transparencia, pero la suspende en financiación de partidos y control del 'lobby'"></p><p>España está a la cabeza de los países miembros de la <a href="https://www.oecd.org/en.html" target="_blank">Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)</a> en el acceso que proporciona a los ciudadanos a la información pública: en <strong>transparencia</strong>. También en el <strong>control de los conflictos de intereses de los políticos y altos cargos</strong>. Sin embargo, al igual que recogió el último Informe sobre el Estado de Derecho de la Unión Europea y el del Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco) del Consejo de Europa, nuestro país suspende por la <strong>ausencia de regulación del </strong><em><strong>lobby</strong></em><em>, </em>la influencia en la política de los grupos de interés. El Estado Español también <strong>queda a la cola de los países analizados en el control de la financiación de los partidos</strong>.</p><p>La organización internacional con sede en París ha hecho público su informe sobre <a href="https://www.oecd.org/es/publications/perspectivas-de-anticorrupcion-e-integridad-2026_df122f3b-es/espana_3f8dcaf9-es.html#section-d1e299" target="_blank"><em>Perspectivas de anticorrupción e integridad</em></a> de 2026. En su apartado sobre España, el informe hace referencia al <a href="https://www.infolibre.es/politica/sanchez-reacciona-lanza-estrategia-anticorrupcion-dia-despues-ue-le-afeara-no-hacerlo_1_2028872.html" target="_blank">Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción anunciado por Gobierno el pasado julio</a> tras conocerse la implicación del ex secretario de Organización del PSOE y exministro de Transportes <strong>José Luis Ábalos</strong> y la de su sucesor como número tres del partido, <strong>Santos Cerdán</strong>, ambos estrechos colaboradores del presidente Pedro Sánchez, en la trama de comisiones ilegales ligadas a obra pública que se investiga en el <strong>caso Koldo</strong>.</p><p>La OCDE valora ese plan y el <a href="https://www.hacienda.gob.es/es-ES/prensa/noticias/paginas/2026/20260217-np-cm-ley-integridad-publica.aspx" target="_blank">anteproyecto de ley orgánica de integridad pública en el que se ha traducido (aprobado el 17 de febrero por el Consejo de Ministros)</a>, como <strong>"la primera estrategia anticorrupción de España adoptada a nivel gubernamental"</strong>. La iniciativa, que está todavía en elaboración y no ha sido remitida al Parlamento, pero el informe valora que contemple la creación de una nueva <strong>Agencia de Integridad Pública independiente</strong>, que en caso de ser aprobada, "integraría las competencias de la Oficina de Conflictos de Intereses, la Autoridad Independiente de Protección del Informante y el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude".</p><p>El hecho de que la nueva norma todavía no esté aprobada coloca a España en la parte media baja de la tabla de países analizados en lo que respecta a su <strong>"marco estratégico" contra la corrupción</strong>. El Estado cumple sobre el papel el 53% de los criterios de la OCDE sobre la solidez de este marco, pero en la práctica solo se cubren el 17%. El dato es malo, porque 16 de los 62 países analizados carecen de cualquier tipo de plan estratégico. Entre los que sí lo tienen, <strong>España se encuentra el 14 por la cola</strong>. </p><p><a href="https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documents/2025/090725-plan-estatal-lucha-contra-corrupcion.pdf" target="_blank">El plan anunciado por Sánchez</a> el pasado verano <strong>"identifica los riesgos actuales para la integridad pública a los que se enfrenta el país"</strong>, dice el documento, que subraya que, algunos indicadores en los que España sale peor parada, como el del control de la financiación de los partidos políticos. Sin embargo, hasta el momento, <strong>el Estado "no tiene un plan de acción en vigor"</strong>, dice, a lo que añade: "Como la estrategia se adoptó muy recientemente, no se dispone de informes de seguimiento de su implementación".</p><p>De todos los aspectos recogidos en el plan anticorrupción de Sánchez que analiza la OCDE, <strong>aquel en el que España sale mejor parada es, el "acceso a la información pública"</strong>, es decir, la transparencia, en la que se encuentra en el puesto seis de los 62 países y <strong>por delante de Francia, Alemania, Países Bajos o Italia</strong>. La normativa española cumple con el 89% de los criterios de la organización, de los que, en la práctica, se cumple el 81%. La media de los Estados analizados queda por debajo, en el 72% y el 62% respectivamente.</p><p>El informe subraya que la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887" target="_blank">Ley de Transparencia</a> "establece que <strong>todas las personas, incluidas las personas jurídicas y los ciudadanos no nacionales, tienen derecho a acceder a la información en todas sus formas</strong>" con las únicas restricciones que recoge esa norma. También resalta la documentación pública que a la que se puede acceder en línea, como "los programas de las reuniones del Gobierno, las agendas de los ministros, el registro de la propiedad, los salarios de los altos funcionarios individuales y las licitaciones públicas anunciadas por el Gobierno central y sus resultados". También "la mayoría de las declaraciones de bienes e intereses", aunque <strong>no "las de los jueces del Tribunal Supremo"</strong>.</p><p>La necesidad de conocer los intereses de estos altos magistrados fue <a href="https://www.infolibre.es/politica/comision-etica-cree-cursos-jueces-condenaron-fiscal-afectar-imparcialidad_1_2107128.html" target="_blank">objeto de controversia el pasado noviembre</a>. Tras la inhabilitación del ex fiscal general los medios publicaron que <a href="https://www.infolibre.es/politica/arrieta-magistrados-impartieron-curso-organizado-acusaciones-garcia-ortiz_1_2104371.html" target="_blank">tres de los magistrados del tribunal que lo condenó daban clases en el colegio de abogados de Madrid</a> que, a su vez, era acusación en el proceso. Uno de ellos, además, <a href="https://www.infolibre.es/politica/cgpj-restringio-durante-anos-jueces-supremo-impartir-cursos-icam_1_2104988.html" target="_blank">dirigió la tesis doctoral del abogado que representaba a Alberto González Amador</a>, el denunciante y <strong>novio de Isabel Díaz Ayuso</strong>, y a otro letrado de la asociación de fiscales APIF, que actuó como acusación popular. </p><p>El segundo de los aspectos en el que España obtiene una <strong>muy buena calificación es la regulación de los conflictos de interés</strong>. "España cumple el 89 % de los criterios (...) y presenta un excelente rendimiento en la práctica, cumpliendo el 89 % de los criterios, frente a la media de la OCDE del 80 % y el 45 %, respectivamente", recoge el documento. "<strong>Todos los miembros del Gobierno y del Parlamento han presentado declaraciones de intereses</strong> en los últimos seis años, y todos los <strong>funcionarios de alto nivel</strong> recién nombrados (...) en los últimos cuatro años".</p><p>Además, prosigue el informe, "todas las declaraciones presentadas durante los dos últimos años naturales fueron verificadas por la <a href="https://digital.gob.es/funcion-publica/incompatibilidad-y-conflicto-intereses/oficina" target="_blank">Oficina de Conflictos de Intereses,</a> que emite recomendaciones cada vez que se detecta un caso de conflicto de intereses". El texto solo recoge <strong>una pega: los jefes de gabinete, que se considera que ocupan "puestos de alto riesgo"</strong>, no están sometidos a esa obligación. Otro de los ámbitos en el que nuestro país se encuentra por encima de la media es la integridad de su sistema judicial, tanto desde el punto de vista de la judicatura como de la fiscalía. </p><p>En junio de 2018, el entonces presidente del Gobierno, <a href="https://www.infolibre.es/politica/sanchez-desaloja-rajoy-moncloa_1_1159101.html" target="_blank">Mariano Rajoy, perdió la moción de censura en la que resultó investido Pedro Sánchez</a>. El motivo fue la sentencia del <strong>caso Gürtel</strong>, la mayor trama de corrupción que ha afectado al PP, que terminó condenado como <strong>"partícipe a título lucrativo"</strong>. Pero el partido de Sánchez, el PSOE, también se enfrenta ahora a un importante caso de corrupción, el <strong>caso Koldo</strong>, que afecta a los que fueron dos de sus principales dirigentes y colaboradores del jefe del Ejecutivo, <strong>Ábalos y Cerdán</strong>.</p><p>La OCDE concluye ahora que <strong>la regulación del sistema de financiación de partidos políticos es una de las grandes asignaturas pendientes</strong> del sistema anticorrupción en España. Sobre el papel, según el informe, España cumple el 70% de los criterios de la organización  (76% es la media) gracias a la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13022" target="_blank">Ley de Financiación de Partidos</a>. El texto valora su sistema de sanciones y la prohibición de las contribuciones a las formaciones de empresas públicas, empresas extranjeras y Estados extranjeros. </p><p>"Sin embargo, el marco normativo <strong>no prevé prohibiciones más amplias sobre el uso de fondos y recursos públicos a favor o en contra de un partido político</strong>", sostiene. Campos como la regulación de las <strong>televisiones y medios públicos</strong> o la <strong>publicidad institucional</strong> con la que algunas administraciones riegan a sus medios afines parecen entrar en este capítulo.</p><p>Pero el problema, más que la normativa, es la práctica, en la que España solo supera el 43% de los criterios frente al 58% de media en la OCDE. El organismo supervisor es el <strong>Tribunal de Cuentas</strong>, y cuenta con todos los medios para desarrollar su labor. "Sin embargo, <strong>no todos los partidos presentaron sus cuentas anuales dentro de los plazos (...) en 2023, y otros no las presentaron en 2024</strong>", refleja el documento. "Además, <strong>las cuentas relacionadas con las elecciones y los informes financieros</strong> de todos los partidos <strong>no están a disposición del público</strong>".</p><p>Por último, otro de los apartados en los que España suspende reiteradamente en todos los organismos internacionales que evalúan sus indicadores democráticos, <strong>es el </strong><em><strong>lobby</strong></em><strong>, el control de la influencia en los políticos y altos cargos de los grupos de interés</strong>. El informe recoge que se está elaborando una regulación –<a href="https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/A/BOCG-15-A-46-1.PDF" target="_blank">el proyecto de ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés</a>, actualmente en tramitación parlamentaria– pero el cumplimiento actual de los criterios de control de la OCDE para estas organizaciones en España sigue siendo terreno por explorar.</p><p>La normativa –<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3444" target="_blank">la ley de Altos Cargos</a>– solo recoge períodos de incompatibilidad para los cargos públicos una vez que dejan esos puestos de responsabilidad, pero "no existe regulación alguna sobre el cabildeo (<em>lobby</em>), ni un registro de grupos de interés", advierte el informe. Esa disposición y l<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-4243" target="_blank">a orden que obliga a cualquier empresa a inscribirse en el Registro Mercantil</a> para poder identificar a suss propietarios solo cumplen el 40% de los criterios formales de la OCDE    </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Apr 2026 18:49:57 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La OCDE alaba a España por su transparencia, pero la suspende en financiación de partidos y control del 'lobby']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Política,Corrupción,Corrupción política,OCDE,Pedro Sánchez,Lobby,Transparencia,Ley Transparencia,conflicto de interés,Ley Financiación Partidos]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Interior desobedece al Consejo de Transparencia y oculta la información sobre el policía candidato de Alvise]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/interior-desobedece-consejo-transparencia-oculta-informacion-policia-candidato-alvise_1_2169471.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e57de747-6782-4754-b247-368cb350edae_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Interior desobedece al Consejo de Transparencia y oculta la información sobre el policía candidato de Alvise"></p><p>De policía nacional dedicado a la localización de fugitivos a asesor local del eurodiputado Alvise Pérez. Ese es el resumen de los últimos años de carrera laboral de <strong>Adrián Yacar</strong>. <a href="https://www.infolibre.es/politica/alvise-ficha-policia-convertido-empresario-inteligencia-artificial-asesor-parlamentario_1_2043251.html" target="_blank">También ha sido cantante de rock aficionado y empresario de inteligencia artificial</a>, actividades en las que aún continúa según ha expresado él mismo públicamente. El puesto que ya no desempeña es el de asesor del eurodiputado ultra.</p><p>Pero eso no quiere decir que Yacar no siga de la mano de Alvise. El policía, que según asegura se encuentra en excedencia, es el <strong>cabeza de lista de Se acabó la fiesta (SALF) para las elecciones andaluzas</strong> que se celebrarán este 17 de mayo.</p><p>Adrián Yacar ofreció una <a href="https://www.youtube.com/watch?v=kDkzFhDY0qg" target="_blank">entrevista</a> el pasado mes de julio para el canal de YouTube del coronel Pedro Baños. En ella alababa públicamente a Alvise sin hablar de su vinculación con él —<a href="https://www.elespanol.com/reportajes/20260325/adrian-yacar-ex-udyco-experto-ia-candidato-alvise-andalucia-grabo-tema-pequeno-nicolas/1003744182221_0.html" target="_blank">ahora ha contado que se conocieron en UPyD</a>, el extinto partido de Rosa Díez—, afirmaba estar de excedencia de su puesto como policía nacional y haber sido reconocido con la medalla de la Orden del Mérito Policial, unas distinciones que concede el Ministerio del Interior y sobre las que el departamento de Marlaska <a href="https://www.infolibre.es/politica/medallas-policiales-oscuro-secreto-escandalos-billy-nino-villarejo-sacan-luz_1_1187968.html" target="_blank">guarda una gran opacidad</a>.</p><p>El propio Alvise Pérez ha presumido de su fichaje como candidato asegurando que Yacar ha recibido esa distinción "por la detención de Samir Benbouabdellah, uno de los más buscados de Francia por intento de asesinato a un hombre y una niña de siete años con un subfusil". ¿Pero hasta qué punto es cierto?</p><p>No se sabe. El Ministerio del Interior no ha confirmado ni desmentido nada al respecto. <strong>El departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska se niega a aclarar cuál era el último destino de Yacar en la Policía y si efectivamente le ha otorgado la medalla</strong>. Tampoco quiere revelar los motivos de esa supuesta concesión. </p><p>Interior se niega a entregar esos datos, entre otros, alegando la supuesta protección de los datos personales de Yacar y se salta así una <a href="https://consejodetransparencia.es/content/dam/ctransparencia/portal-ctbg/reclamaciones/nuestras-resoluciones/resoluciones-%C3%A1mbito-estatal/2026/02--febrero/ESTIMADAS/R%20CTBG%200113-2026%20_Resolucion%20expte.%202027-2025__Censurado.pdf" target="_blank">resolución</a> del <strong>Consejo de Transparencia</strong>. El organismo <strong>había estimado que esa información debía ser pública</strong> tras una reclamación de infoLibre.</p><p>Todo se remonta al desembarco de Yacar como asesor de Alvise Pérez con cargo a las arcas del Parlamento Europeo. <a href="https://www.infolibre.es/politica/alvise-ficha-policia-convertido-empresario-inteligencia-artificial-asesor-parlamentario_1_2043251.html" target="_blank">infoLibre informaba este verano del fichaje</a>, unas semanas después de que el propio Yacar concediera la entrevista a Pedro Baños en la que se omitía su nuevo puesto.</p><p>De lo que sí habló Yacar es de su currículum. Es cierto que el policía ha trabajado en el Grupo de Localización de Fugitivos del Cuerpo Nacional de Policía, que pertenece a las Unidades de Droga y Crimen Organizado (UDYCO). De hecho, esa labor le llevó a ser uno de los protagonistas de la serie documental 'Fugitivos', de Movistar Plus+, en la que se muestra cómo trabaja ese grupo.</p><p>Yacar comentó ese trabajo en la entrevista y también habló de ciertas operaciones concretas en las que asegura haber participado. Incluso mencionó la supuesta medalla: "Me consta por compañeros de la Guardia Civil que a Alvise le propusieron para la medalla del mérito de la Guardia Civil y no se le dio por cuestiones políticas y porque se fue de eurodiputado, pero luego le dan la <strong>medalla del mérito policial</strong> a la Virgen del Rocío. A mí <strong>me la dieron, pero creo que ganada, que bien merecida</strong>".</p><p>Debido a esas declaraciones públicas del propio Yacar, <strong>infoLibre</strong> realizó una solicitud al amparo de la ley de transparencia dirigida a Interior. Este medio pedía al ministerio saber "si Adrián Yacar López es policía nacional en excedencia o qué situación o relación tiene con el Cuerpo y desde qué fecha se encuentra en la misma". Además, se solicitó conocer "cuál fue su último cargo, puesto y destino antes de coger la excedencia" y "<strong>si se le ha distinguido o no con la Orden del Mérito Policial y en caso afirmativo, con qué categoría, por qué motivo se le concedió, en qué fecha y una copia de la resolución</strong> de la concesión".</p><p><strong>Interior denegó la solicitud de infoLibre</strong>. El ministerio aseguró que era abusiva, que la información que se solicitaba no tenía relación con los objetivos de la ley de transparencia y que había que salvaguardar la protección de los datos personales de Yacar. En ese momento, infoLibre decide reclamar ante el <strong>Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG)</strong>. Este organismo es el que se encarga de decidir si la información debe ser pública cuando un ciudadano utiliza la ley de transparencia para solicitarla, pero la Administración se la deniega. El CTBG es quien pondera los distintos derechos en juego y decide quién tiene razón.</p><p>En este caso fue claro y estimó al completo la reclamación de infoLibre. <strong>El Consejo entendió que el ministerio no había justificado "de forma suficiente y adecuada la concurrencia del carácter abusivo de la solicitud" y que tampoco prevalecía la protección de los datos personales</strong>. "No se ha justificado ni se alcanza a apreciar en qué medida el conocimiento de la situación administrativa de servicio activo o de excedencia de un funcionario de policía cuya identidad es públicamente conocida y participa en actividades igualmente públicas puede generar un riesgo para su seguridad personal o constituir una injerencia grave en su derecho a la intimidad personal y familiar", reza la resolución.</p><p>Sobre la concesión de la supuesta medalla el Consejo va incluso más allá: "La acreditación de los méritos que se han tenido en cuenta para otorgar la condecoración recogerá hechos o actuaciones ya consumadas por el policía en relación con su servicio al Estado, por lo que difícilmente puede argumentarse que su conocimiento pueda causarle ningún perjuicio a su intimidad o seguridad; <strong>siendo evidente, en cambio, el interés público en conocer los méritos acreditados</strong> en la medida en que constituye una herramienta indispensable para discernir si la Administración se ha movido dentro del ámbito de discrecionalidad, que a estos efectos se le reconoce, sin incurrir en arbitrariedad".</p><p><strong>Tras esa resolución, Interior debía entregar la información que había solicitado infoLibre, pero, en lugar de cumplir, se reafirmó en sus argumentos</strong>. En una comunicación dirigida a este medio y al Consejo de Transparencia, y firmada por Francisco Pardo, director general de la Policía Nacional, el departamento "reitera la procedencia de la aplicación" de la protección de datos personales. "El hecho de desempeñar una función pública no legitima a solicitar <strong>datos de índole personal</strong> utilizando indebidamente la ley de transparencia", asegura el documento en el que, en lugar de eso, Interior debería haber facilitado la información que había pedido infoLibre.</p><p>Joaquín Meseguer, académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y experto en transparencia, explica a este medio que <strong>lo que ha hecho Interior es incumplir con la resolución del Consejo sin ni siquiera recurrirla ante los tribunales</strong>.</p><p>"La oposición de las Administraciones ante las resoluciones de los consejos de transparencia debe materializarse a través de un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales, pero nunca de esta manera. <strong>Dar respuesta al reclamante incumpliendo el mandato del Consejo no puede admitirse</strong>. O se discute su decisión ante los tribunales, o lo único que queda es cumplir con ella", resume el experto, que asegura que hace falta "un modelo eficaz de multas coercitivas cuando se detecta el incumplimiento de una resolución firme" como en este caso.</p><p>Los incumplimientos de las resoluciones del Consejo de Transparencia por parte de la Administración Pública se han dado con cierta regularidad en los últimos años. La <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887" target="_blank">actual ley de transparencia</a> no recoge ningún tipo de sanción para estos casos y, en ocasiones, la Administración se salta la normativa optando por no recurrir las resoluciones ante la Justicia pero tampoco cumplirlas. Concepción Campos Acuña, que será la nueva presidenta del Consejo, también <a href="https://www.pressdigital.es/articulo/politica/2026-03-25/5822710-candidata-gobierno-presidir-consejo-transparencia-logra-aval-congreso" target="_blank">ha pedido sanciones para las Administraciones que actúen de esta forma</a>.</p><p>Mientras, Alvise Pérez ha anunciado a su nuevo candidato presumiendo, precisamente, de la supuesta medalla al mérito policial y citando otros supuestos éxitos de su currículum policial. Por ahora, <strong>nada de ello se puede corroborar debido a la opacidad del Ministerio del Interior y a su negativa a cumplir con las resoluciones del Consejo de Transparencia</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 29 Mar 2026 17:16:54 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Sangiao]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Interior desobedece al Consejo de Transparencia y oculta la información sobre el policía candidato de Alvise]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Luis Pérez 'Alvise',Ministerio del Interior,Policía,Policía Nacional,Transparencia,Ley Transparencia]]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[Los seis partidos de ámbito estatal incumplen la ley al ocultar en sus webs lo que cobran sus dirigentes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/seis-partidos-ambito-estatal-ocultan-webs-retribuciones-maximos-responsables_1_2132532.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6295d645-e157-4335-b58e-656cf101f865_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los seis partidos de ámbito estatal incumplen la ley al ocultar en sus webs lo que cobran sus dirigentes"></p><p>Las evaluaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) trazan un diagnóstico incómodo para el sistema político español: la opacidad sobre las retribuciones de los máximos responsables de los partidos es <strong>absoluta y transversal.</strong> Ninguna de las seis principales formaciones de ámbito estatal (PSOE, PP, Vox, Sumar, Podemos e Izquierda Unida) cumple, según el CTBG, con la obligación legal de publicar en sus páginas web <strong>cuánto cobran sus dirigentes,</strong> pese a recibir financiación pública y a estar obligadas a hacerlo en virtud de la Ley de Transparencia.</p><p>La falta no es nueva ni accidental. El propio Consejo ya la había señalado en 2024 y formuló recomendaciones expresas que, <a href="https://consejodetransparencia.es/evaluacion/evaluacion2025/2025/partidos-politicos1" target="_blank">un año después,</a> han sido<strong> ignoradas por todos.</strong></p><p>El resultado es un panorama en el que la transparencia partidista avanza solo <strong>de forma parcial y selectiva.</strong> Los partidos mejoran en algunos indicadores formales —organigramas, estatutos, memorias de actividad—, pero mantienen blindada la información más sensible desde el punto de vista del control ciudadano: los sueldos de quienes toman las decisiones políticas y gestionan recursos públicos.</p><p>Aunque <strong>no todos son igual de opacos.</strong> El Índice de Cumplimiento de la Información Obligatoria (ICIO) de 2025 refleja una evolución a dos velocidades. En la parte alta de la tabla se sitúan el <a href="https://www.infolibre.es/politica/sanchez-anuncia-controles-anticorrupcion-psoe-reivindica-capitan-capear-temporal_1_2026505.html" target="_blank">PSOE</a>, con un 83,1% de cumplimiento, y Podemos, con un 74 %. Ambas formaciones han mejorado de forma significativa respecto al año anterior y han aplicado aproximadamente la mitad de las recomendaciones formuladas por el CTBG en 2024. También Izquierda Unida y Sumar registran avances, aunque con puntuaciones más modestas, del 50,5% y el 46,1%, respectivamente.</p><p>Sin embargo, la mejora global no alcanza a <strong>la cuestión clave de las retribuciones.</strong> Ninguno de los partidos analizados, asegura el Consejo de Transparencia, publica de forma clara, accesible y actualizada el sueldo de sus máximos responsables, una obligación explícita en la normativa de transparencia. En este punto, no hay diferencias sustanciales entre formaciones: la opacidad es total.</p><p>En el extremo inferior del ranking se encuentran <strong>el Partido Popular y </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/ocultacion-datos-parte-vox-impide-si-donaciones-iranies-legales_1_1166311.html" target="_blank"><strong>Vox</strong></a><strong>, </strong>con índices de cumplimiento del 34,2% y el 33,2 %. Ambos no solo cierran la clasificación, sino que han desoído por completo las recomendaciones del Consejo: aplicaron cero de las doce que recibieron en la evaluación anterior. </p><p>El caso del PP <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-incumple-ley-transparencia-no-publicar-web-oficial-sueldo-feijoo_1_1323326.html" target="_blank">destaca</a> especialmente porque, además de no avanzar, <strong>retrocede</strong>. Su puntuación cae más de diez puntos tras haber eliminado de su página web información que anteriormente sí estaba disponible, como el organigrama del partido o la descripción de su estructura organizativa.</p><p>Los informes del CTBG muestran que la información económica es, con diferencia, <strong>el ámbito más problemático</strong> de la transparencia partidista. Más allá de los salarios ocultos, las carencias se repiten en varios frentes.</p><p>En materia de<strong> contratación pública,</strong> PP, Izquierda Unida y Vox no publican ningún dato sobre contratos o convenios con las administraciones. PSOE, Podemos y Sumar optan por una fórmula defensiva: declaran que no son adjudicatarios de contratos públicos, sin aportar documentación adicional que permita verificar esa afirmación o conocer la existencia de convenios, subvenciones finalistas u otras relaciones económicas.</p><p>Los <strong>presupuestos y las cuentas previsionales</strong> tampoco escapan a la opacidad. Vox mantiene como información presupuestaria más reciente la correspondiente a 2022, mientras que PP y Sumar ni siquiera publican sus cuentas previsionales actuales.</p><p>En otros casos, la información existe, pero <strong>carece de calidad mínima:</strong> no está fechada, no se indica cuándo fue actualizada o se presenta en formatos que impiden el tratamiento y el análisis de los datos. El CTBG señala expresamente el caso de Vox, cuyas cuentas anuales están publicadas en archivos que no permiten copiar ni reutilizar la información.</p><p>Esta combinación de ausencias, desactualización y formatos opacos <strong>vacía de contenido práctico el deber de publicidad activa</strong> y convierte los portales de transparencia de los partidos en repositorios incompletos, más orientados al cumplimiento formal que a la rendición de cuentas efectiva.</p><p>La base jurídica de estas exigencias no ofrece margen a la ambigüedad. Los partidos políticos están sujetos a la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno <strong>en tanto que perceptores de financiación pública. </strong>La norma les obliga a difundir de oficio información relevante sobre su organización, su actividad económica y la retribución de sus altos cargos.</p><p>Sin embargo, el propio diseño institucional del sistema de transparencia explica en parte la persistencia del incumplimiento. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno <strong>no dispone de un régimen sancionador efectivo</strong> en materia de publicidad activa. Su capacidad se limita a evaluar, formular recomendaciones e instar al cumplimiento, además de hacer públicos informes como los de 2025, cuyo principal efecto es el reproche reputacional. Las sanciones económicas y las consecuencias jurídicas más severas quedan, en la práctica, fuera de su alcance.</p><p>La citada norma establece que las obligaciones fijadas en su Capítulo II, entre ellas<strong> publicar “las retribuciones </strong>percibidas anualmente por sus altos cargos y máximos responsables”, así como “las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo” (artículo 8.1.f), son de aplicación a “los partidos políticos” (artículo 3).</p><p>Y deben cumplirse mediante su publicación “en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y<strong> de una manera clara, estructurada y entendible</strong> para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada, así como su identificación y localización” (artículo 5.4).</p><p>Además, la ley establece que “toda la información será comprensible, de acceso fácil y gratuito y estará a disposición de las personas con discapacidad en una modalidad suministrada por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme al principio de<strong> accesibilidad universal </strong>y diseño para todos” (artículo 5.5).</p><p>El balance que dejan las evaluaciones de 2025 apunta a un patrón reconocible: los partidos <strong>cumplen cuando el coste político es bajo </strong>y <a href="https://www.infolibre.es/politica/rafa-rubio-transparencia-dejado-priorizar-no-rentable-electoralmente_128_2040553.html" target="_blank">se resisten</a> cuando la información afecta al núcleo del poder interno. Publicar estatutos, códigos éticos o memorias de actividad tiene un impacto limitado; revelar cuánto cobran los líderes, en cambio, expone a las formaciones a la crítica pública y a comparaciones incómodas en un contexto de desafección política.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 23 Jan 2026 19:46:23 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los seis partidos de ámbito estatal incumplen la ley al ocultar en sus webs lo que cobran sus dirigentes]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Transparencia,Ley Transparencia,Partidos políticos,Salarios políticos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Consejo de Transparencia madrileño rectifica y elimina el límite para reclamar por silencio administrativo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-madrileno-rectifica-elimina-limite-reclamar-silencio-administrativo_1_2077444.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/59a1f8fd-c971-45ef-9687-7f66f2651d0c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Consejo de Transparencia madrileño rectifica y elimina el límite para reclamar por silencio administrativo"></p><p>El <strong>Consejo de Transparencia y Protección de Datos de la Comunidad de Madrid</strong> ha dado un paso atrás. Después de más de un año aplicando un criterio propio que imponía un plazo para reclamar por silencio administrativo, y que hacía que una de cada tres reclamaciones que llegaban al Consejo acabaran inadmitidas, ha decidido rectificar.</p><p>La treta del Consejo autonómico consistía en <strong>no dejar a los ciudadanos reclamar en cualquier momento</strong> cuando habían hecho una solicitud de acceso a la información ante la Administración y esta no les había respondido. Esa era la forma de proceder habitual en todos los Consejos de Transparencia, pero el madrileño, en su lugar, definió un plazo cerrado.</p><p>Cuando una persona realiza una solicitud de información en base a la ley de transparencia, las Administraciones tienen un tiempo para darle respuesta. La <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-10102" target="_blank">ley madrileña</a> lo marca en 20 días hábiles. Una vez transcurrido ese tiempo, la solicitud se entiende desestimada aunque la Administración no haya contestado. En base a eso, el Consejo de Transparencia de la Comunidad de Madrid daba, desde esa fecha, <strong>un plazo de un mes al ciudadano para reclamar, igual que si hubiera tenido respuesta</strong> de la Administración.</p><p>Pero el Consejo madrileño <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/nota_informativa.pdf" target="_blank">ha anunciado</a> ahora que <strong>da un paso atrás</strong> y vuelve a aplicar el criterio que ya utilizaba el anterior Consejo de Transparencia de la Comunidad de Madrid y que siguen también el estatal y los del resto de comunidades autónomas. Así, <strong>los ciudadanos vuelven a poder interponer reclamaciones en cualquier momento si las Administraciones madrileñas no responden</strong> a las solicitudes de información.</p><p>La decisión del Consejo se produce después de que los <a href="https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-ayuso-inventa-criterio-no-resolver-reclamaciones_1_2036128.html" target="_blank">expertos hayan cuestionado el criterio anterior</a> y de que el organismo realizara una consulta a la <strong>Abogacía General de la Comunidad</strong>. Esta ha sido clara: "La interposición de una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, en los supuestos en que la solicitud de acceso a la información no hubiera sido resuelta de forma expresa, <strong>no está sujeta al plazo de un mes</strong> a que se refiere el artículo 48, apartado 1, de la Ley 10/2019 y, por tanto, la interposición fuera de dicho plazo no debe determinar la inadmisión de aquella".</p><p>El Consejo de Transparencia y Protección de Datos resuelve así una de las últimas polémicas que le habían rodeado. Aunque no ha aclarado si va a hacer algo con las <strong>más de 100 reclamaciones de ciudadanos que ya habían sido inadmitidas por este motivo</strong> en el poco más de un año de vida del organismo. En ese tiempo una de cada tres reclamaciones que llegaban al Consejo acababan inadmitidas por esa razón.</p><p>Expertos como Joaquín Meseguer, académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, que había definido la anterior forma de actuar del organismo como "grave error", celebran la nueva decisión del Consejo. "<strong>El cambio de criterio</strong> es de agradecer y <strong>responde</strong> más, ahora sí, a la naturaleza de <strong>este órgano como garante del derecho de acceso</strong> a la información", explica a infoLibre*.</p><p>El organismo ha estado envuelto en numerosas controversias desde su creación. <strong>El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso eliminó el anterior Consejo de Transparencia y Participación</strong> de la Comunidad de Madrid en diciembre de 2023 con la aprobación de una ley ómnibus —una norma que mezcla regulación sobre materias distintas—. Con esa norma creó también este nuevo Consejo de Transparencia y Protección de Datos.</p><p>La medida fue ampliamente criticada por los expertos en transparencia, especialmente porque el organismo dejó de depender de la Asamblea de Madrid para pasar a hacerlo directamente del Gobierno autonómico y porque <strong>se restó independencia a los nombramientos</strong>. </p><p>El anterior Consejo contaba con tres consejeros que debían ser escogidos en la Asamblea con mayoría cualificada. <strong>El nuevo cuenta únicamente con un presidente y es escogido directamente a propuesta del Ejecutivo autonómico</strong> y sin necesidad de esa mayoría cualificada. El cargo lo ocupa actualmente Jesús María González García, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense. A día de hoy, <a href="https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-madrileno-da-razon-ciudadanos-4-veces_1_2036399.html" target="_blank">el nuevo Consejo apenas da la razón a los ciudadanos en sus reclamaciones</a>, tal y como ya reveló <strong>infoLibre</strong>.</p><p><em>*Esta información ha sido actualizada a 9 de octubre de 2025 para añadir las respuestas de Joaquín Meseguer a las preguntas de infoLibre.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 09 Oct 2025 14:11:35 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Sangiao]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Consejo de Transparencia madrileño rectifica y elimina el límite para reclamar por silencio administrativo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Transparencia,Ley Transparencia,Comunidad de Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La transparencia hizo que me ofrecieran chicas en un 'spa' y me llamaran de bares de toda Cataluña]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/cultura/transparencia-hizo-ofrecieran-chicas-supuesto-spa-llamaran-bares-cataluna_1_2044250.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/64d57c3c-fd83-42fd-8f5b-4ea8c502f914_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La transparencia hizo que me ofrecieran chicas en un 'spa' y me llamaran de bares de toda Cataluña"></p><p>"Lo tenemos ya todo solucionado. Ven una tarde y lo compruebas. <strong>Te presento a nuestras chicas</strong>". Así pretendía convencerme la jefa de un supuesto <em>spa</em> en Madrid del buen estado higiénico-sanitario del lugar. Todo empezó con <strong>una obsesión periodística que tuve hace unos años: las inspecciones</strong> a los establecimientos públicos.</p><p>Llevo años trabajando dentro del periodismo en una cara poco conocida de la profesión: <strong>la transparencia y el derecho de acceso a la información pública</strong>. Básicamente, me dedico a realizar solicitudes a gobiernos y administraciones para conseguir información que tienen guardada y poder hacerla pública.</p><p>¿Qué tiene que ver esto con las inspecciones? Bastante. En ciudades como<strong> Nueva York, Oslo</strong> o <strong>Londres </strong>cuando se acude a un establecimiento público —como bares o restaurantes— en la puerta se puede consultar el resultado de la última inspección que le han realizado las autoridades sanitarias, pero ninguna ciudad española hace lo mismo. </p><p>Ante esa falta de transparencia en nuestro país —que, por desgracia, está a mucha distancia en esta materia de los anglosajones o los nórdicos—, <strong>allá por 2018 me puse a solicitar información y datos sobre las inspecciones</strong>. Comencé por la ciudad más poblada: Madrid. </p><p>Estos controles en la capital los realiza el organismo municipal Madrid Salud y los califica como inspecciones higiénico-sanitarias. <strong>Se realizan periódicamente para vigilar la salubridad de establecimientos</strong> como bares y restaurantes o piscinas y gimnasios, pero los ciudadanos de la capital —entre los que me incluyo— no pueden conocer los resultados.</p><p>Basándome en la ley de transparencia, realicé solicitudes de información dirigidas a Madrid Salud pidiendo, por ejemplo, los datos y resultados de las inspecciones en los bares y restaurantes de la ciudad y los de las piscinas. <strong>No fue fácil conseguir que el organismo accediera a dar la información</strong>. Se negó a ello, pero el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, que en aquel momento tenía las competencias sobre Madrid —<a href="https://datos.madrid.es/portal/site/egob/menuitem.c05c1f754a33a9fbe4b2e4b284f1a5a0/?vgnextoid=6626d8e1d1e66810VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=374512b9ace9f310VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextfmt=default" target="_blank">ahora la comunidad tiene un Consejo de Transparencia propio que apenas nunca da la razón a los ciudadanos</a>— estimó mis reclamaciones. Tras mucho tiempo de espera, nuevas solicitudes, e incluso reuniones con Madrid Salud, finalmente se me entregó la información.</p><p>Ahí empieza el análisis de los datos: quién suspende y quién aprueba las inspecciones, quién saca peores resultados, qué tipos de establecimientos son, en qué zonas de la ciudad se encuentran… Y tras ello, la investigación tradicional. Así que procedo junto a algunos compañeros a indagar y a contactar con los lugares que peores notas sacaban. </p><p>En el caso de las inspecciones a las piscinas nos dimos cuenta de que <strong>había una serie de locales en los que se practica sexo</strong> —como los clubs de <em>swingers</em> o las saunas, tan nombradas últimamente— <strong>que disponían de espacios de baño y también eran objeto de las inspecciones</strong>. El resultado nos sorprendió poco: las piscinas de estos locales eran las que peores resultados sacaban.</p><p>Es ahí cuando desde uno de ellos, que operaba con una licencia de <em>spa</em> urbano, <strong>parece que me invitan a consumir prostitución</strong>. Llamo para preguntar por el suspenso de la piscina del local en la inspección y la jefa me asegura que está todo perfecto y solucionado y me anima a ir a conocer su local y a que me presente a 'sus chicas'. "Te pueden hacer un masaje para que te relajes", me decía.</p><p>No acudí. Tampoco a un céntrico hotel madrileño, desde el que justificaban su suspenso en que el día de la inspección había llovido en Madrid y eso había desestabilizado los valores de cloro y pH de su piscina. Los datos que habíamos conseguido de Madrid Salud incluían la fecha en la que se había realizado la inspección y actualmente existen multitud de registros meteorológicos históricos <em>online</em>. Ese día no cayó ni una gota de lluvia en la capital. <strong>Las excusas de unos y otros para justificar los suspensos eran realmente imaginativas</strong>.</p><p>Mejor aún fue la que le dio un club de <em>swingers</em>, que también había suspendido la inspección, a mi compañero José Molina. Según la inspección, se había revisado la salubridad de "un vaso de hidromasaje con agua recirculada". Lo que se conoce como un <em>jacuzzi</em>. Pero <strong>el dueño del local replicaba que él no había suspendido ninguna inspección porque ni siquiera tenía un </strong><em><strong>jacuzzi</strong></em><strong> en el local, sino que contaba con un "estanque decorativo"</strong> en el que los clientes no se podían bañar. Las imágenes del local hablan por sí solas.</p><p>El local del supuesto estanque sigue abierto y se ha reformado. Según indican en su sitio web, ahora cuentan con una piscina. ¿<strong>Cómo le va con las inspecciones</strong>? No lo sabemos. </p><p>Todo aquel trabajo acabó publicado en <a href="https://maldita.es/malditodato/20200129/una-de-cada-cuatro-piscinas-de-madrid-suspendieron-las-inspecciones-sanitarias/" target="_blank">una investigación en </a><a href="https://maldita.es/malditodato/20200129/una-de-cada-cuatro-piscinas-de-madrid-suspendieron-las-inspecciones-sanitarias/" target="_blank"><em>Maldita.es</em></a>, medio en el que trabajaba por ese entonces. También la que hicimos <a href="https://maldita.es/malditodato/20191011/el-44-de-los-bares-y-restaurantes-madrilenos-inspeccionados-en-2019-tienen-problemas-de-higiene/" target="_blank">sobre los bares y restaurantes</a>. Sobre los locales de restauración también publicaron <a href="https://civio.es/transparencia/2019/10/10/consulta-los-locales-de-tu-barrio-que-suspendieron-en-la-ultima-inspeccion-sanitaria/" target="_blank">una los compañeros de la </a><a href="https://civio.es/transparencia/2019/10/10/consulta-los-locales-de-tu-barrio-que-suspendieron-en-la-ultima-inspeccion-sanitaria/" target="_blank"><em>Fundación Civio</em></a>. Las tres datan del periodo entre finales de 2019 y principios de 2020. Desde entonces no se han vuelto a publicar resultados de las inspecciones en Madrid.</p><p>Cuando me reuní con <strong>Madrid Salud en 2019</strong>, antes de conseguir que facilitaran los datos, aseguraban que se estaban preparando para en un futuro no muy lejano poder publicar los resultados de las inspecciones directamente en su página web, al igual que pasa en otras ciudades del mundo. Pero <strong>más de seis años después no hay ni rastro</strong> de esa iniciativa.</p><p>De hecho, parece que, en lugar de avanzar, <strong>en algunos aspectos vamos atrás en cuanto a transparencia</strong>. Madrid Salud no solo no publica los datos por su propia cuenta sino que el organismo y el propio Ayuntamiento de la capital se niegan a volver a facilitar ese tipo de datos ante solicitudes de información similares. </p><p>Aunque por aquel entonces tampoco fue una tarea <strong>sencilla</strong>, se consiguieron revelar los resultados de las <strong>inspecciones</strong>. Pero ya había algunos problemas con la transparencia. </p><p>A raíz de la publicación de la investigación sobre las <strong>inspecciones </strong>de los bares y restaurantes madrileños, intentamos conocer la misma información para otras zonas del Estado. Las competencias en esta materia acostumbran a ser <strong>municipales </strong>en las ciudades más grandes y autonómicas en el resto de municipios. </p><p>Realicé una solicitud a la Generalitat de Cataluña para conocer los resultados de las inspecciones en aquella comunidad. La Generalitat, en lugar de facilitarme los datos de los locales de los municipios en los que dispone de competencias, decidió derivarla a los <strong>947 pueblos</strong> y ciudades catalanes. </p><p>La locura fue absoluta. <strong>No había día en el que no me llegaran múltiples mails, SMS y notificaciones de Ayuntamientos de toda Cataluña</strong>. El alcalde de un pequeño pueblo me llamó un día para preguntarme qué información quería. "Aquí solo teníamos un bar y cerró hace unos años, no hacemos ninguna inspección porque no hay <strong>nada que inspeccionar</strong>". </p><p>El nivel de comunicaciones era prácticamente inabarcable. La treta de la Generalitat les podía funcionar. Como es lógico, era imposible reclamar después más de <strong>900 posibles resoluciones</strong> si los Ayuntamientos catalanes optaban por no entregar la información.</p><p>No es más que una de las <strong>trabas </strong>que en muchas ocasiones nos ponen a los periodistas y ciudadanos que acostumbramos a utilizar el recurso, por desgracia aún poco extendido, de solicitar información a través de la ley de transparencia. </p><p>Uno de los motivos que esgrimen en muchas ocasiones las Administraciones para no entregar información es la <strong>protección </strong>de datos personales. Pero, en cambio, no les preocupan igual los datos de las personas que han realizado las solicitudes.</p><p>Desde Cataluña no solo me llamó aquel <strong>alcalde</strong>. Algunos Ayuntamientos pensaron que antes de decidir si entregarme o no la información debían recabar la posición de los dueños de bares y restaurantes. Una decisión acertada, pero mal ejecutada. Les facilitaron directamente una copia de mi solicitud, donde <strong>se recogían todos mis datos personales: DNI, nombre completo, correo electrónico, teléfono móvil...</strong> </p><p>Es entonces cuando empezaron a llamarme de varios bares de algunas ciudades catalanes. <strong>"¿Por qué has solicitado información sobre las inspecciones de mi restaurante"</strong>, me preguntó un día un propietario. En otra ocasión me llamó un ciudadano de origen chino, con el que no conseguí entenderme por las <strong>barreras idiomáticas</strong>. Al día siguiente quien me contactó fue su abogado preguntando por mi solicitud de información. Tuve que aclararle que no era una investigación sobre el caso concreto del bar de su representado. </p><p>Finalmente <strong>aquella información nunca vio la luz</strong>. Todas esas llamadas se hicieron a principios de 2020. También se produjeron en ese entonces las resoluciones de los Ayuntamientos catalanes a la solicitud que había realizado y les había derivado la Generalitat.</p><p>Poco tiempo después, ese mes de marzo, llegó una pandemia, que mantuvo los bares y restaurantes cerrados durante meses porque lo primordial era reducir los contagios. La <strong>pandemia </strong>también acabó posponiendo o incluso acabando con muchas investigaciones periodísticas porque lo primordial en los medios era informar sobre la misma. Aún así, a día de hoy muchos seguimos haciendo solicitudes de información a Gobiernos y Administraciones públicas. Porque, aunque a algunas les cueste entenderlo, <strong>la información de las Administraciones nos pertenece a todos</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 16 Aug 2025 16:24:47 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Sangiao]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La transparencia hizo que me ofrecieran chicas en un 'spa' y me llamaran de bares de toda Cataluña]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Transparencia,Ley Transparencia,Bares,Ayuntamiento de Madrid,Historias de periodismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Consejo de Transparencia madrileño solo da la razón a los ciudadanos el 4% de las veces]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-madrileno-da-razon-ciudadanos-4-veces_1_2036399.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/07a96f29-6aba-490f-8877-a911f16ee735_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Consejo de Transparencia madrileño solo da la razón a los ciudadanos el 4% de las veces"></p><p>En la Comunidad de Madrid parece que los ciudadanos casi nunca tienen la razón en materia de transparencia. Al menos eso es lo que refleja su Consejo de Transparencia autonómico, que <strong>en lo que va de 2025 solo ha estimado el 3,78% de las reclamaciones</strong>. O lo que es lo mismo: únicamente da la razón a los ciudadanos en 1 de cada 26 ocasiones.</p><p>Los Consejos de Transparencia son los organismos que se encargan de velar por el cumplimiento de la legislación en materia de transparencia. Entre sus atribuciones está la resolución de las reclamaciones que pueden presentar los ciudadanos cuando utilizan la ley de transparencia para solicitar una información y la Administración les deniega la petición o ni siquiera les responde. En esos casos, <strong>los Consejos deciden si la información se tiene que hacer pública o no y dan la razón al ciudadano o a la Administración</strong>.</p><p>El porcentaje de ocasiones en las que el Consejo de Transparencia y Protección de Datos madrileño da la razón a los ciudadanos es ínfimo y muy distinto al de otros organismos. En España no todas las comunidades autónomas tienen su propio organismo garante de la transparencia. En esas en las que no hay un Consejo propio es el estatal quien resuelve las reclamaciones. En lo que va de año, <strong>el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estatal ha estimado el 54,75% de las reclamaciones de ámbito autonómico y local</strong> que ha recibido, <a href="https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/Actividad/Datos-actividades/Estadisticas2025/EstadisticasAAL2025.html" target="_blank">según sus propios datos</a>. 14 veces más que el madrileño.</p><p>El anterior organismo que operaba en Madrid, llamada Consejo de Transparencia y Participación, estimó el 41,64% de las reclamaciones que resolvió en 2023 y el 44,60%, en 2022, <a href="https://ctyp.asambleamadrid.es/actividad-y-evaluacion/informes" target="_blank" >según los datos recogidos en sus memorias</a>. De nuevo, una diferencia abismal respecto al Consejo de Transparencia y Protección de Datos que le ha sustituido y ejerce desde 2024.</p><p>El caso del nuevo Consejo de la Comunidad de Madrid es bastante disonante. En lo que va de 2025 ha estimado solo siete reclamaciones —seis de forma parcial y una de forma total—, pero, a la vez, ha desestimado 19 y ha inadmitido 124. El peso de las inadmisiones es muy grande, tal y como muestra el análisis de las resoluciones del organismo desde su creación que ha realizado <strong>infoLibre</strong>.</p><p>Gran parte de esas inadmisiones se deben a <a href="https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-madrileno-inventa-criterio-no-resolver-reclamaciones-refrenda-opacidad-administracion_1_2036128.html" target="_blank">un criterio propio que solo aplica el Consejo de Transparencia madrileño</a> y que pone trabas a los ciudadanos para reclamar cuando no obtienen respuesta de la Administración. Aún así, las inadmisiones no solo se deben a ese motivo. <strong>En lo que va de año el Consejo ha inadmitido el 67,03% de las reclamaciones</strong>: 83 por ese criterio y 41 por otros motivos. El anterior Consejo de Transparencia y Participación solo inadmitió el 7,69% de las reclamaciones en 2023 y el 11,74%, en 2022.</p><p>Una fuente del anterior Consejo asegura a <strong>infoLibre</strong> que ese gran número de reclamaciones inadmitidas por parte del nuevo organismo responde a <strong>"una voluntad expresa de evitar la revisión de resoluciones potencialmente incómodas, amparándose en una interpretación sesgada del marco legal"</strong>. "Al mismo tiempo, eso les permite presentar una imagen distorsionada de diligencia institucional", añade, en referencia a que el nuevo Consejo saca pecho del número de reclamaciones que resuelve, pero "una proporción más que significativa de esas reclamaciones formalmente resueltas lo fueron mediante inadmisiones a trámite".</p><p>Los datos de estimación del nuevo organismo también son muy bajos. "Los criterios arbitrarios, injustos y excesivamente rigoristas y formales que está aplicando el Consejo de Transparencia de Madrid para desestimar e inadmitir solicitudes constituyen una clara demostración de una institución que, desde que se modificó la ley para <strong>elegir un presidente del Consejo nombrado directamente por el Gobierno</strong>, lejos de atender y proteger los derechos de los ciudadanos, parece que está protegiendo a la Administración", explica a infoLibre Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y experto en transparencia. En ello coincide la fuente del Consejo de Transparencia y Participación: "Se ha dado un claro retroceso a partir de la actuación de <strong>un órgano subordinado a los intereses del Gobierno autonómico</strong>, carente de la independencia funcional que exige su mandato".</p><p>Ese cambio en la elección de la presidencia del Consejo que explica Blanes se produjo en diciembre de 2023, cuando el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso <a href="https://www.publico.es/politica/ayuso-usa-mayoria-absoluta-controlar-consejo-transparencia-madrileno.html" target="_blank">usó su mayoría absoluta para eliminar el anterior Consejo de Transparencia y Participación</a>, que contaba con tres consejeros nombrados por mayoría cualificada en la Asamblea de Madrid que se turnaban la presidencia. Con la nueva normativa, a partir de 2024 empezó a operar el Consejo de Transparencia y Protección de Datos, que sustituyó al anterior organismo y que cuenta con <strong>un único presidente que es nombrado por el consejero de Presidencia</strong> de la Comunidad de Madrid.</p><p>Ya en 2024 los datos de las resoluciones del nuevo Consejo mostraban una gran cantidad de inadmisiones y desestimaciones. Ese año el nuevo organismo resolvió 181 resoluciones: solo 20 fueron estimatorias —favorables al ciudadano—. En cambio, se inadmitieron 67 y se desestimaron 46.</p><p>Aún así, la situación ha ido a peor en 2025. Las inadmisiones han aumentado sobremanera, casi duplicándose, y representan ya dos de cada tres resoluciones, y las estimaciones se han reducido a unos valores absolutamente mínimos. En lo que va de año ha habido 185 resoluciones del Consejo y solo siete han sido estimatorias, según el análisis realizado por <strong>infoLibre</strong>.</p><p>De todos modos, los datos del análisis no corresponden exactamente con los del propio Consejo de Transparencia madrileño porque este organismo contabiliza supuestas estimaciones que no lo son realmente. En al menos <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_109_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">un caso de 2024</a> y <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_091_2025_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">uno de 2025</a> el Consejo resolvió asegurando "estimar parcialmente la reclamación". Pero, en realidad, <strong>no se trataba de ese tipo de resolución, ya que no instaban a la Administración reclamada</strong> —el Ayuntamiento de Madrid y la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, respectivamente— <strong>a entregar la información</strong>.</p><p>Ambos casos se dieron porque el solicitante no había recibido respuesta y reclamó por silencio administrativo. Al estar dentro del plazo que considera el Consejo para este tipo de reclamaciones, fueron admitidas, pero el organismo únicamente instó a las Administraciones "a dictar una resolución expresa a la solicitud planteada por el reclamante en el plazo de veinte días". Por tanto, esas reclamaciones no se han estimado —lo que supondría pedir a la Administración que entregue la información— sino que simplemente se ha pedido que se realice una resolución de algún tipo —sea concediendo la información o denegándola—.</p><p>Por tanto, <strong>el plazo que tiene la Administración para resolver las peticiones vuelve a comenzar de cero y los tiempos de espera para el solicitante se alargan</strong>. A pesar de ello, el Consejo considera que en esos casos ha estimado las reclamaciones. "No tiene sentido llamarlo estimación. Tampoco tiene sentido que devuelvan la pelota a la Administración cuando ya está en su tejado: deberían estimar o desestimar directamente", explica Joaquín Meseguer, académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y experto en transparencia.</p><p>"En realidad, el Consejo lo que hace es recordar la obligación legal de resolver expresamente en plazo, pero no está para eso. Está para resolver sobre el fondo de los asuntos. <strong>No se trata de una estimación de ningún tipo porque no entra en el fondo del asunto</strong>", detalla Meseguer. Por ello, <strong>infoLibre</strong> ha contabilizado esas dos resoluciones en una categoría de "otras" en el análisis realizado en lugar de como estimaciones parciales como hace el Consejo.</p><p>En la misma línea que Meseguer se expresa Blanes: "La Administración está obligada a dictar resolución y resolver todas las cuestiones planteadas por los ciudadanos. No puede resolver a medias o, como en este caso, no resolver y pasarle la pelota a la otra Administración: 'contéstele usted y yo no me mojo sobre el fondo del asunto'".</p><p>Esa forma de actuar 'no mojándose' por parte del Consejo también se da en el llamado <strong>"procedimiento concluso"</strong>. A esta otra forma de finalizar los expedientes recurre el organismo cuando entiende que se ha producido "la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento". Es decir, cuando, a criterio del Consejo, la Administración, en periodo de alegaciones durante la reclamación, entrega la información relacionada con la solicitud. Entre 2024 y 2025 ha habido 52 resoluciones de este tipo.</p><p>No obstante, que se cierre así un expediente <strong>no certifica que se haya entregado la información</strong>. Solo en 10 de esos 52 casos el reclamante ha confirmado al Consejo que la información entregada por la Administración realmente era lo que había pedido. En otros 40 el ciudadano ni siquiera respondió ni realizó alegaciones ante el Consejo. Por tanto, no se sabe si realmente estaba satisfecho con la supuesta información recibida. </p><p>"<strong>El Consejo de Transparencia no puede dar expedientes por conclusos porque el ciudadano no haya formulado alegaciones</strong>. En ningún caso de la ley de transparencia se presume o se puede deducir que si un ciudadano no hace alegaciones, significa que esté de acuerdo con lo que ha dicho la Administración. Ahí el Consejo tiene que hacer su trabajo y decir en qué ha dado la información la Administración y en qué no y mojarse también y resolver el fondo. Pero le resulta mucho más sencillo si el ciudadano no ha hecho alegaciones, presumir que está de acuerdo. En realidad, <strong>muchas veces el ciudadano no hace alegaciones porque está cansado de que la Administración le siga mareando e insista en denegarle</strong> o no permitirle el acceso a la información", explica Blanes.</p><p>El Consejo de Transparencia madrileño no muestra en sus resoluciones una copia de la información supuestamente facilitada ni acostumbra a indicar de forma concreta qué es lo que habría entregado la Administración. Estos casos los suele resolver con el siguiente texto tipo: "[La Administración] ha comunicado en su escrito de alegaciones que ha facilitado al reclamante la información solicitada, acompañando la documentación que así lo acredita. Dado que el reclamante no ha manifestado su desacuerdo con la información recibida, ni ha presentado alegaciones en contestación al trámite de audiencia conferido, puede concluirse que se ha producido la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento".</p><p>Esas resoluciones, además, se categorizan directamente como concluidas y <strong>ni siquiera incluyen un reproche a la Administración por haber incumplido los plazos legales y no haber entregado la información cuando correspondía</strong>. Algo muy diferente a lo que hace en situaciones similares el Consejo de Transparencia estatal, que suele finalizar la reclamación con una estimación por motivos formales; dando, así, la razón al ciudadano, ya que la Administración puede haber acabado entregando la información pero no lo ha hecho a tiempo y ha incumplido la ley de transparencia.</p><p>Esa falta de la información concreta sobre qué se ha entregado al solicitante en los expedientes del Consejo madrileño es habitual. <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_177_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">En algunos casos</a>, incluso gran parte de la solicitud realizada por el ciudadano aparece anonimizada y apenas se puede descifrar qué información había pedido.</p><p>"El Consejo madrileño lo que no puede hacer es cerrar los expedientes sin dictar una resolución en la que se acredite y demuestre que la información que ha pedido el ciudadano efectivamente se le ha entregado. De lo contrario, es quitarse trabajo de encima. Es una forma de rendir cuentas absurda y fraudulenta. <strong>Es imposible controlar la actividad de un órgano si no se pueden conocer realmente sus expedientes</strong>. Se anonimiza información para que esa información no sirva para nada y eso impide el control de la actuación de esa institución", critica Blanes.</p><p><strong>infoLibre</strong> ha preguntado al Consejo de Transparencia y Protección de Datos, entre otras cuestiones, por el bajo porcentaje de reclamaciones estimadas y por sus criterios propios para inadmitir y desestimar. El organismo no ha respondido.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 28 Jul 2025 04:00:30 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Sangiao]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Consejo de Transparencia madrileño solo da la razón a los ciudadanos el 4% de las veces]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Transparencia,Ley Transparencia,Isabel Díaz Ayuso,PP,Madrid,Comunidad de Madrid]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Consejo de Transparencia de Ayuso se inventa un criterio para no resolver reclamaciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejo-transparencia-ayuso-inventa-criterio-no-resolver-reclamaciones_1_2036128.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/98039457-32e4-4c16-8796-14c6e436a859_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Consejo de Transparencia de Ayuso se inventa un criterio para no resolver reclamaciones"></p><p>Es diciembre de 2023 y la Asamblea de Madrid aprueba la ley de medidas para la simplificación y mejora de la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid. Tras ese nombre tan largo, la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-10766" target="_blank">norma</a> modifica completamente la figura del Consejo de Transparencia en la comunidad.</p><p>El Partido Popular de Isabel Díaz Ayuso, valiéndose de su mayoría absoluta, suprime el Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid y crea un nuevo organismo: el <strong>Consejo de Transparencia y Protección de Datos</strong>. </p><p>El cambio no es solo nominal. El anterior organismo estaba dirigido por tres consejeros que tenían que ser nombrados por mayoría cualificada en la Asamblea. Con la reforma, el nuevo Consejo pasa a tener un presidente que es nombrado de forma directa por el Gobierno autonómico. La nueva regulación, <a href="https://www.publico.es/politica/ayuso-usa-mayoria-absoluta-controlar-consejo-transparencia-madrileno.html" target="_blank">que fue muy criticada por los expertos en transparencia</a>, restó independencia al organismo y amplió el control del Ejecutivo sobre el mismo.</p><p>Las consecuencias de esos cambios en el organismo madrileño no han tardado en notarse. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos está aplicando un criterio propio que impide a los ciudadanos reclamar por silencio administrativo en cualquier momento. En su poco más de año y medio de vida <strong>el Consejo no ha admitido a trámite 123 reclamaciones de los ciudadanos basándose en ese criterio</strong>.</p><p>El Consejo, como organismo que debe velar por el cumplimiento de las leyes de transparencia en la comunidad, se encarga de resolver las reclamaciones de los ciudadanos en materia de derecho de acceso. Esas reclamaciones se dan cuando una persona ha solicitado una información a la Administración pública y esta deniega la petición o directamente no responde.</p><p>En esas situaciones es cuando los ciudadanos pueden acudir a los Consejos de Transparencia para reclamar y que estos organismos decidan quién tiene razón: si el ciudadano o la Administración; y, por tanto, si la información se debe hacer pública o no.</p><p>Este nuevo criterio del Consejo de Transparencia madrileño consiste en la imposición de un plazo cerrado para que los ciudadanos reclamen incluso cuando la Administración no responde a sus solicitudes. Cuando una persona realiza una solicitud de información en base a la ley de transparencia, las Administraciones tienen un tiempo marcado para darle respuesta. La ley madrileña lo establece en 20 días hábiles.</p><p>Una vez transcurrido ese tiempo, la solicitud pasa a encontrarse en <strong>silencio administrativo</strong> y podía ser reclamada por el ciudadano en cualquier momento. Así era con el anterior Consejo de Transparencia y Participación. De hecho, ese criterio, que permite a los ciudadanos reclamar por silencio administrativo en cualquier momento es también el que aplica el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estatal y el resto de Consejos de Transparencia autonómicos.</p><p>Pero el nuevo Consejo madrileño, presidido por Jesús María González García, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense, ha decidido ir por libre y actuar de otra forma. Su criterio se basa en que la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-10102" target="_blank">ley madrileña</a> —de forma muy similar a la estatal— explicita que "transcurrido el plazo máximo para resolver sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud de acceso se entenderá desestimada". Por tanto, el Consejo interpreta que una vez pasados esos 20 días hábiles comienza el plazo marcado para reclamar igual que si la Administración hubiera respondido. Cuando sí hay respuesta el plazo para reclamar es de un mes desde que al ciudadano se le notifica la resolución. </p><p>Así, el Consejo da a los ciudadanos ese mismo tiempo aunque no hayan tenido respuesta y <strong>una vez ha pasado un mes desde que se hizo efectivo el silencio administrativo ya no se permite reclamar</strong> y si alguien lo hace, no se admite a trámite el recurso. La inadmisión de las reclamaciones supone que el Consejo no entra al fondo de la cuestión y no llega a resolver realmente sobre las mismas ni a decidir si la información reclamada debe ser pública o no.</p><p>Joaquín Meseguer, académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y experto en transparencia, define la forma de actuar del Consejo de Transparencia madrileño como un "grave error". "No es razonable que aplique <strong>la interpretación más desfavorable y restrictiva para el ciudadano</strong>", detalla.</p><p>"Este criterio lo que consigue es dar alas a las Administraciones que hacen del silencio su forma habitual de 'expresarse' y que ahora se frotarán las manos esperando a que discurran los breves plazos impugnatorios para <strong>ver refrendada, con este tipo de pronunciamientos, su pasividad y opacidad</strong> como si su comportamiento fuera correcto, respetuoso con el ciudadano y ajustado a derecho, cuando es todo lo contrario". </p><p>De hecho, el análisis de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Protección de Datos realizado por infoLibre muestra que <strong>la mayoría de las veces los ciudadanos reclaman, preicsamente, porque las Administraciones madrileñas no les han respondido</strong>. En 2024 sucedía en el 54,14% de las ocasiones y en lo que va de 2025 ha sucedido en el 74,59%.</p><p>El Consejo de Transparencia estatal trató este asunto ya en 2016 en un <a href="https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:f96a90c3-2ba9-4768-a329-2372993b7628/C1_2016_Desestimacion_silencio.pdf" target="_blank">criterio interpretativo propio</a> que asegura que "la presentación de una reclamación frente a la desestimación de una solicitud de acceso a la información por silencio <strong>no estará sujeta a plazo</strong>". Ese criterio del Consejo se basa, además, en distintas sentencias del Tribunal Constitucional, que entiende que el ciudadano no puede estar obligado a recurrir en un tiempo determinado tras el silencio administrativo "imponiéndole un deber de diligencia que sin embargo no le es exigible a la Administración en el cumplimiento de su deber legal de dictar resolución expresa".</p><p>"Este criterio, equitativo y alineado con la jurisprudencia, y aplicado unánimemente por todas las autoridades de control de la transparencia, fue acogido expresamente por la ley de procedimiento administrativo común de 2015 en la regulación de los recursos administrativos. Que el tenor literal de la ley de transparencia contradiga dicho criterio se debe básicamente a su aprobación dos años antes que aquella otra, pero una interpretación evolutiva y razonable, debería permitir superar este <em>gap</em> sin mayor problema", explica Meseguer.</p><p>En cualquier caso, resulta sorprendente que el Consejo de Transparencia madrileño no esté siguiendo el criterio interpretativo del estatal. Los Consejos autonómicos no están obligados a hacer caso a esas guías de interpretación, pero acostumbran a hacerlo y <strong>el Consejo madrileño ha utilizado en multitud de ocasiones los criterios interpretativos del estatal para argumentar y desestimar las reclamaciones</strong> de los ciudadanos (como <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_126_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">aquí</a>, <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_029_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">aquí</a>, <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_049_2025_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">aquí</a>, <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_070_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">aquí</a> o <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_013_2025_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">aquí</a>).</p><p>En una de esas ocasiones el equipo de periodistas de <a href="https://exportingabortion.com/" target="_blank"><em>Exporting Abortion</em></a> había solicitado a la Comunidad de Madrid diversos datos sobre las mujeres residentes en el extranjero que acuden a la región para poder acceder a una interrupción del embarazo. El Consejo desestimó la reclamación porque, entre otras cosas, aseguró que la Comunidad de Madrid no disponía de la información tal y como se había solicitado. Para ello, argumentó en base al criterio interpretativo del Consejo estatal sobre información que requiera de reelaboración para su divulgación.</p><p>Lo que no tuvo en cuenta el Consejo madrileño para su argumentación es que antes de su resolución ya había habido <a href="https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/dam/jcr:40117f1b-aa0f-43bb-999b-60cbbb5cb690/R%20CTBG%202025-0341%20%5BResoluci%C3%B3n%20expte.%202139-2024%5D.pdf" target="_blank">otra del Consejo estatal</a> en la que este estimaba una reclamación sobre una solicitud idéntica que pedía la misma información pero para todo el país. Gracias a la decisión del Consejo de Transparencia estatal, el Ministerio de Sanidad acabó entregando la información —que recibe justo de esa manera de las comunidades autónomas, incluida la madrileña— y el equipo de <em>Exporting Abortion</em> revelando que <a href="https://www.publico.es/sociedad/sanidad/cada-ano-1-500-europeas-viajan-espana-abortar-duro-hacerlo-kilometros-casa.html" target="_blank">cada año 1.500 europeas viajan a España para abortar</a>, unos datos que no se habían conocido nunca antes.</p><p><strong>infoLibre</strong> ha preguntado al Consejo de Transparencia y Protección de Datos, entre otras cuestiones, por qué no está siguiendo el criterio interpretativo del Consejo estatal sobre el silencio administrativo mientras utiliza los otros para desestimar reclamaciones y por qué está optando por esa <strong>interpretación que perjudica a los ciudadanos y beneficia a las Administraciones que no responden</strong>. El Consejo no ha contestado.</p><p>Este planteamiento del Consejo de Transparencia madrileño ha servido ya para la inadmisión de 123 reclamaciones: una de cada tres desde que inició sus actividades en 2024. Ese tipo de resolución, además, ha crecido mucho. En lo que va de 2025 el Consejo ha inadmitido por ese motivo concreto 83 de las 185 reclamaciones que ha resuelto: el 44,86%.</p><p>Así, se dan situaciones como la de una ciudadana que realizó cinco solicitudes de información al Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón entre agosto y octubre de 2024. El Ayuntamiento no le respondió a ninguna, pero como ella no reclamó ante el Consejo hasta enero de 2025, <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_021_2025_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">su reclamación fue inadmitida</a> y el Ayuntamiento puede seguir sin darle respuesta y ocultando la información que esta había pedido.</p><p>De todos modos, este criterio propio no es el único motivo relacionado con los plazos que esgrime el Consejo de Transparencia y Protección de Datos para inadmitir las reclamaciones. <strong>Tampoco las admite a trámite cuando el ciudadano las realiza el mismo día que la Administración le ha notificado la resolución</strong> a su solicitud de información.</p><p>En ese caso el Consejo entiende que el plazo para poder reclamar empieza al día siguiente de la resolución, ya que la ley indica que "la reclamación se interpondrá por escrito en el plazo de un mes a contar <strong>desde el día siguiente al de la notificación</strong> del acto impugnado". En lo que va de año el organismo ha inadmitido cinco reclamaciones por ese motivo.</p><p>La fijación con marcar los plazos de forma tan estricta a los ciudadanos contrasta con cómo actúa luego el Consejo. Ha habido incluso ciudadanos que han <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_087_2024_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">reclamado por silencio administrativo tras realizar una solicitud de información al propio Consejo</a> y no recibir respuesta.</p><p>Además, <strong>el organismo tiene un plazo de tres meses para resolver las reclamaciones, pero</strong> no siempre cumple. De hecho, cuando las admite a trámite y realmente entra a valorar sobre la cuestión <strong>acostumbra a resolver con bastante retraso</strong>.</p><p>Las tres últimas resoluciones en las que el Consejo ha tomado una decisión concreta excedieron el plazo de los tres meses. <a href="https://www.comunidad.madrid/sites/default/files/resolucion_208_2025_ctpd_anonimizada.pdf" target="_blank">Una de ellas</a> tardó en resolverla casi cinco meses: fue interpuesta el 14 de enero y no hubo resolución hasta el 11 de junio. En las tres, además, el Consejo desestimó la reclamación del ciudadano y dio la razón a la Administración —en dos de ellas a la Comunidad de Madrid y en otra a la Universidad Complutense—.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 25 Jul 2025 17:18:32 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Sangiao]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Consejo de Transparencia de Ayuso se inventa un criterio para no resolver reclamaciones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Comunidad de Madrid,Isabel Díaz Ayuso,Transparencia,Ley Transparencia,Madrid,Gobierno Comunidad Madrid]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La Xunta de Alfonso Rueda aumenta la opacidad y bloquea una de cada cuatro peticiones de transparencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/gobierno-rueda-aumenta-silencio-administrativo-cuatro-peticiones-transparencia_1_1879840.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/19032c65-f6ce-4fcc-80b5-a5898a3cdeb4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Xunta de Alfonso Rueda aumenta la opacidad y bloquea una de cada cuatro peticiones de transparencia"></p><p>La<strong> Ley de Transparencia</strong> da a las administraciones un plazo de un mes para atender las solicitudes de acceso a la información o documentación realizadas por cualquier ciudadano. Pueden denegarlas amparándose en diversas excepciones previstas por la ley, o pueden ampliar un mes más el plazo que tienen para resolver. Pero si transcurrido ese tiempo el solicitante no ha recibido respuesta, la norma establece que <strong>el silencio administrativo es negativo</strong>.</p><p>Ante una negativa expresa o un silencio, el afectado puede recurrir ante la Comisión de Transparencia, que en Galicia depende de la <strong>Valedora do Pobo</strong> (equivalente al Defensor del Pueblo), cuyo último informe anual, <a href="https://praza.gal/politica/a-sanidade-consolidase-como-o-principal-motivo-de-queixa-ante-a-valedora-do-pobo" target="_blank">hecho público hace unas semanas</a> , afirma que <strong>la Xunta ha ido incrementando significativamente sus negativas por silencio administrativo</strong>. Especialmente en los dos últimos años, coincidiendo con el Gobierno de <strong>Alfonso Rueda</strong>.</p><p>Según los datos recogidos en el <a href="https://www.valedordopobo.gal/wp-content/uploads/2024/09/INFORME-ANUAL-DA-VALEDORA-DO-POBO-AO-PARLAMENTO-DE-GALICIA-2023.pdf" target="_blank">informe anual</a> de la<strong> Valedora do Pobo</strong>, facilitado por la propia Xunta, el pasado año el Gobierno gallego <strong>tramitó un total de 765 solicitudes oficiales de transparencia</strong>, de las que resolvió expresamente —aceptándolas o denegando— 539 y mantuvo pendientes 29, pero otros 197 se resolvieron por silencio administrativo , es decir, de forma negativa pero sin siquiera informar al interesado. Esas denegaciones por silencio administrativo <strong>supusieron el 25,7% del total de solicitudes de transparencia</strong> tramitadas, cifra similar al 28,6% de 2022 , cuando la Xunta dejó sin respuesta 238 de las 842 solicitudes recibidas.</p><p>En <a href="https://praza.gal/politica/a-xunta-responde-con-silencio-administrativo-o-45-das-peticions-de-transparencia-que-formula-a-cidadania" target="_blank">años anteriores,</a> tanto el volumen total como el porcentaje de silencios administrativos<strong> fueron muy inferiores</strong>. Incluso en el primer año de funcionamiento de la ley gallega, en 2016, cuando aún se estaban ajustando los procedimientos, la Xunta solo había dejado <strong>sin respuesta 34 peticiones</strong>, el 14,6% de las apenas 233 recibidas en ese año inicial.</p><p><strong>La Valedora do Pobo viene criticando en general el silencio de cualquier administración </strong>cuando una persona presenta un escrito. "Tenemos que contestar las cartas, resolver los expedientes, tenemos que responder; es un trabajo importante de esta institución <strong>recordar la obligación de responder</strong>, y normalmente cuando se presenta la denuncia sí contestan", señaló Dolores Fernández Galiño. Hace unos meses en <a href="https://praza.gal/politica/a-cidadania-galega-toma-conciencia-de-que-queixarse-forma-parte-do-exercicio-dos-seus-dereitos" target="_blank">una entrevista con Gal Plaza</a> . Una petición de respuestas que también ha <a href="https://praza.gal/politica/a-valedora-afea-a-xunta-o-silencio-e-posterior-denegacion-ilegal-dunha-peticion-de-transparencia-sobre-casos-de-covid-en-cada-colexio" target="_blank">sido realizada por</a> la misma institución en su calidad de titular de la Comisión de Transparencia de Galicia.</p><p>La Valedora do Pobo también ha ido <a href="https://praza.gal/politica/a-valedora-constata-que-a-lei-de-transparencia-impulsada-por-feijoo-en-2016-carece-de-regulacion-fronte-aos-incumprimentos" target="_blank">confirmando</a> en sucesivas resoluciones como comisionado de transparencia que <strong>la ley gallega impulsada por Feijóo en 2016 carece de regulación ante su incumplimiento</strong>, por lo que la Comisión no puede obligar ni sancionar al Gobierno gallego cuando no cumple con sus decisiones sobre la documentación que debe aportar el reclamante. En su aplicación de la ley de transparencia en los últimos años, la Xunta ha <a href="https://praza.gal/politica/a-xunta-revela-a-empresas-os-datos-persoais-de-quen-lle-formula-peticions-de-transparencia" target="_blank">revelado</a> a una empresa eólica los datos personales de quiénes realizaron una solicitud de acceso a documentación pública sobre un parque eólico.</p><p><em>Puedes leer el </em><a href="https://praza.gal/politica/o-goberno-de-rueda-dispara-o-silencio-administrativo-como-resposta-a-unha-de-cada-catro-peticions-de-transparencia" target="_blank"><em>artículo completo </em></a><em>en Praza.gal</em></p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[f4c663a3-54dd-48f3-bccf-ae82e27e7b92]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 14 Oct 2024 19:07:49 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[David Reinero (Praza.gal)]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Xunta de Alfonso Rueda aumenta la opacidad y bloquea una de cada cuatro peticiones de transparencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Xunta Galicia,Alfonso Rueda,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un cambio provechoso: Feijóo ingresó en 2022 por rentas del trabajo un 73,7% más que cuando presidía la Xunta]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/cambio-rentable-feijoo-ingreso-2022-rentas-trabajo-73-7-presidia-xunta_1_1574265.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/10821e52-d4a9-4ef9-ac56-d2f2592ae032_16-9-discover-aspect-ratio_default_1007642.jpg" width="1629" height="916" alt="Un cambio provechoso: Feijóo ingresó en 2022 por rentas del trabajo un 73,7% más que cuando presidía la Xunta"></p><p>Puede que no consiga ser presidente del Gobierno, al menos a corto plazo, pero de momento <strong>el aterrizaje en la política nacional ha sido económicamente ventajoso para el presidente del PP,</strong> Alberto Núñez Feijóo. La actualización de su declaración de bienes y rentas del Senado revela que el político gallego consiguió aumentar en 2022 sus rentas de trabajo un 73,7%, y eso que durante los primeros cuatro meses del año únicamente ingresó su antiguo sueldo como presidente de la Xunta.</p><p>Feijóo revisó, por fin, sus datos en la Cámara Alta el pasado 18 de agosto, al día siguiente de ocupar por primera vez su nuevo escaño como diputado en el Congreso. <strong>Llevaba semanas negándose a hacerlo,</strong> desoyendo incluso una <a href="https://www.infolibre.es/politica/presidente-senado-vuelve-pedir-feijoo-declare-sobresueldo-cumpla-reglamento_1_1542049.html" target="_blank">petición</a> por escrito del hasta hace poco presidente del Senado, el socialista Ander Gil. </p><p>Sigue, sin embargo, sin cumplir la Ley de Transparencia, que en su artículo 8.1.f establece que los partidos políticos están obligados a hacer públicas<strong> “las retribuciones percibidas anualmente” por sus “altos cargos y máximos responsables”.</strong> Y añade: “Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”.</p><p>Esta información, según la misma norma, no sólo debe ponerse a disposición de los ciudadanos a través de Internet sino que <strong>tiene que ofrecerse “de una manera clara, estructurada y entendible</strong> para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización” (artículo 5 de la<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20220709" target="_blank"> ley 19/2013,</a> de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).</p><p>La declaración íntegra, a la que ha tenido a acceso <strong>infoLibre</strong>, pone negro sobre blanco lo mucho que han crecido sus ingresos por trabajo. Si en 2021 Feijóo ganó 85.601,86 euros en calidad de presidente de la Xunta, <strong>el año pasado sumó rentas por valor de 148.731,23 euros procedentes de cinco empleos distintos: </strong>presidente de la Xunta, diputado autonómico, presidente del PP, presidente del grupo del PP en el Senado y senador por Galicia.</p><p>La cifra más abultada la obtuvo como<strong> parlamentario del Senado: </strong>54.164,43 euros por ocho meses de trabajo, de los que 18.000 los ingresó en calidad de senador de representación autonómica, una suma a la que <a href="https://www.infolibre.es/politica/feijoo-redondea-sueldo-senado-2-000-euros-desplazamientos-no-vive-madrid_1_1433131.html" target="_blank">no tenía derecho</a> porque desde el primer momento fijó su residencia en Madrid.</p><p>El partido le pagó además, por nueve meses como máximo responsable de la organización, <strong>39.260 euros </strong>en concepto de “gastos de representación”. Por el mismo trabajo, el grupo parlamentario del PP en el Senado le abonó además otros <strong>31.850 euros.</strong></p><p>A este dinero hay que sumar los 21.686,55 euros que le abonó<strong> la Xunta</strong> por sus últimos cuatro meses en la presidencia de Galicia y 1.770,25 euros que el propio Feijóo<strong> reclamó al Parlamento de Galicia </strong>por los diez días que tardó en ser elegido senador de representación autonómica.</p><p>Esta información revela los ingresos y la situación patrimonial del líder del PP el año pasado, pero <strong>no su estado actual, </strong>que acaba de cambiar. A partir de ahora cobrará su sueldo del Congreso de los Diputados y, con toda probabilidad, una suma diferente de dinero como presidente del grupo parlamentario del PP en la Cámara Baja, además de lo que recibe del partido. Esa información, sin embargo, no tiene <a href="https://www.infolibre.es/politica/feijoo-podra-ocultar-nuevos-ingresos-congreso-ano_1_1571953.html" target="_blank">obligación</a> de revelarla hasta el año que viene, según el reglamento del Congreso.</p><p>Feijóo ingresó más por su trabajo, pero <strong>ganó menos que en 2021,</strong> según los datos que ha comunicado al Senado. La culpa es de las elevadas ganancias patrimoniales que obtuvo hace dos años (183.861,65 euros) y que, según fuentes del PP, tenían su origen en la venta de una casa en la localidad pontevedresa de Moaña. Como consecuencia de ello, en 2022 <strong>pagó menos a Hacienda</strong> (64.872,64 euros) que en 2021 (69.291,43 euros).</p><p> Por lo demás, el detalle de sus ingresos muestra que sigue recibiendo rentas más bien modestas por bienes inmuebles de su propiedad (5.584,4 euros en 2022), un epígrafe que hace referencia a lo que ingresa por fincas o viviendas que tiene en alquiler. Y refleja<strong> un incremento sustancial de dividendos por acciones</strong>: 2.112,58 euros en 2022, frente a 705,29 en 2021.</p><p>En la Bolsa está, precisamente, otra de las novedades de la declaración de Feijóo:<strong> ha aumentado un 60% su participación en el accionariado de Inditex,</strong> la empresa matriz de Zara, donde ya tiene participaciones por valor de 133.200 euros.</p><p>Feijóo <strong>incrementó además sus propiedades.</strong> A la finca rústica que tiene cerca de Santiago desde 1992, a la vivienda y la plaza de garaje que posee en Vigo desde febrero de 2001 y al piso que compró en Madrid en diciembre de 2001 (y en el que no vive, porque ha preferido alquilar una vivienda en El Viso, una de las zonas más caras de la capital), acaba de sumar otra vivienda y una plaza de garaje en A Coruña, adquiridas hace apenas doce días.</p><p>Esa compra es, con toda probabilidad, la razón por la que <strong>el patrimonio económico de Feijóo se ha reducido.</strong> En 2021 declaró 930.972 euros entre cuentas corrientes, depósitos a plazo, fondos de inversión y de pensiones y acciones en empresas. Ahora los mismos conceptos suman 769.779,09 euros (161.192,91 menos). </p><p>Su cuenta corriente es la que más ha <em>sufrido</em> (pasó de 156.613 a 37.627,24 euros). Ha liquidado un depósito a plazo de 50.807 euros y ha rebajado su fondo de inversión en Abanca de 481.500 a 403.425,29 euros. Su fondo de pensiones, en cambio, <strong>sigue creciendo:</strong> ya asciende a 195.163,16 euros.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 22 Aug 2023 19:48:40 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela, Alicia Gutiérrez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un cambio provechoso: Feijóo ingresó en 2022 por rentas del trabajo un 73,7% más que cuando presidía la Xunta]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alberto Núñez Feijóo,PP,Salarios políticos,Senado,Transparencia,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Excusas, trampas y silencio: la estrategia de Feijóo para ocultar lo que ingresa en su cuenta]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/excusas-trampas-silencio-estrategia-feijoo-ocultar-ingresa-cuenta_1_1571921.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/0ffc6e0b-e3e0-41ab-b720-cc348d0ba5b0_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Excusas, trampas y silencio: la estrategia de Feijóo para ocultar lo que ingresa en su cuenta"></p><p>Desde que el PP <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank">rechazó</a>, el pasado mes de septiembre, una petición de <strong>infoLibre</strong> para que diese a conocer si estaba pagando un sueldo y de qué cuantía a<strong> Alberto Núñez Feijóo</strong>, el presidente del Partido Popular se ha parapetado en toda clase de excusas para saltarse la ley y sortear la transparencia a la que está obligado en calidad de representante público. Génova lleva casi un año negándose a aclarar si el partido se hizo cargo, en todo o en parte, directa o indirectamente, <strong>de la vivienda que ocupa su líder en la capital</strong> en una de las zonas con alquileres <a href="https://www.elespanol.com/invertia/observatorios/vivienda/20220914/barrios-madrid-precio-alquiler-disparado-caro-nunca/702930049_0.html" target="_blank">más caros</a> de España.</p><p>En aquella ocasión, fuentes oficiales del PP declinaron revelar si Feijóo cobra del partido y si la organización le paga su vivienda en la capital y aseguraron que el líder de la oposición “seguirá publicando su información económica como senador como hizo hasta ahora como presidente de la Xunta y parlamentario”. No lo ha hecho, Antes al contrario, para no precisar los ingresos de su líder, el PP distingue<strong> gastos de representación, complementos y salario.</strong></p><p>El PP se ha escudado durante todo este tiempo en que el único sueldo que percibe su líder desde que sustituyó a <strong>Pablo Casado </strong>es el que le ha estado pagando la Cámara alta en calidad de senador. Razón por la cual, argumentaron siempre, no ha hecho constar ninguna otra percepción en la declaración de rentas que presentó en el registro de Senado en mayo de 2022, cuando tomó posesión de su escaño. <strong>Como senador, Feijóo ha ingresado cada mes 3.173,83 euros</strong> (44.433,62 euros brutos al año) que están sometidos al régimen general de retención y tributación fiscales de los ciudadanos comunes.</p><p>Además de su sueldo oficial, el presidente del PP ha estado ingresando en su cuenta corriente cada mes<strong> otros 2.037,07 euros</strong> en 14 pagas en concepto de “indemnización” por “<strong>los gastos que le origine la actividad de la Cámara</strong>” al haber sido elegido fuera de Madrid (fue senador en representación del Parlamento de Galicia). En este caso son <strong>28.518,98 euros al año</strong> “exentos de tributación” porque están destinados a “cubrir gastos”. Pero es una suma que Feijóo ha estado cobrando a pesar de haber trasladado desde el primer momento su residencia a la capital de España, razón por la cual no tiene que hacer frente a desplazamiento alguno.</p><p>Después de varios meses negándose a <strong>aclarar si el PP le estaba pagando un sueldo</strong>, además de lo que ya recibía como senador, Feijóo acabó admitiéndolo. Lo hizo el pasado mes de junio, en plena precampaña de las elecciones generales, en una <a href="https://www.infolibre.es/politica/feijoo-reconoce-pp-le-paga-sueldo-ademas-cobra-senador-niega-revelarlo_1_1528505.html" target="_blank">entrevista</a> en la Cadena Ser en la que, sin embargo<strong>, se negó a revelar su cuantía</strong>. En aquella ocasión, Feijóo intentó restarle importancia diciendo que también hay dirigentes del PSOE que cobran sueldos del partido. Pero no es verdad: no hay ningún miembro de la dirección socialista con cargos públicos que cobre un salario del partido. En la misma entrevista alegó como motivo para no divulgar ese sobresueldo que <strong>primero debe informar de él al Senado.</strong> En realidad llevaba cobrándolo más de un año y seguía sin actualizar su declaración de rentas en la Cámara Alta.</p><p>Feijóo no llegó a actualizar por escrito su declaración de rentas en el Senado, cámara que abandonó esta misma semana para convertirse en diputado en el Congreso. Pero antes las críticas del resto de partidos y en el contexto de la precampaña electoral, Génova acabó filtrando una cifra: 39.260 euros brutos entre abril y diciembre de 2022 (52.346 euros al año, que son <strong>aproximadamente 4.362 euros mensuales). </strong>Ese dinero, según las explicaciones del PP, lo percibe Feijóo en concepto de “gastos de representación” y está sujeto a tributación a través del IRPF. Pero lo que Génova nunca ha aclarado es de qué gastos de representación se trata, teniendo en cuenta que Feijóo se desplaza a cuenta del partido<strong>,</strong> que corre con todos sus gastos de transporte, manutención y hospedaje. Tampoco ha precisado nunca si ese dinero tiene por objeto pagar el alquiler de la vivienda en la que vive el líder del PP desde que se trasladó a Madrid con su familia en abril de 2022 a pesar de que<strong> tiene un inmueble en propiedad.</strong></p><p>Gastos de representación es la misma fórmula que utilizaron sus antecesores, desde Casado a José María Aznar pasando por Mariano Rajoy, para<strong> cobrar sobresueldos</strong> del partido mientras disfrutaban de abultadas nóminas como parlamentarios.</p><p>El PP decidió retribuir a Feijóo, desde que llegó al Senado, con un “complemento” de<strong> 55.737,5 euros anuale</strong>s (3.981,2 euros mensuales en 14 pagas) que extrae del dinero que la Cámara Alta abona al PP para sus gastos de funcionamiento. Fuentes oficiales del partido rechazaron considerar esta suma un sueldo y se apoyan en este criterio para no haber hecho público que Feijóo lo está ingresando cada mes a pesar de lo abultado de su cuantía (incrementaba un 150%  lo que percibía como senador).</p><p>El grupo parlamentario del PP en el Senado le pagaba ese dinero a Feijóo, por decisión del partido,<strong> en calidad de “presidente del grupo parlamentario”. </strong>Génova no lo ha precisado, pero todo indica que ahora que es diputado en el Congreso será el grupo parlamentario en la Cámara Baja el que asuma esa retribución, aunque no se conoce aún la cuantía. Al pasar del Senado al Congreso, Feijóo dejará de percibir la “indemnización” de<strong> 2.000 euros mensuales </strong>que cobraba por los gastos que supuestamente le originaba la actividad de la Cámara al haber sido elegido fuera de la circunscripción de Madrid.</p><p>Fuentes del PP aseguran que ese dinero no hace otra cosa que <strong>reconocer la jerarquía de Feijóo dentro del grupo.</strong> De otro modo, estaría recibiendo menos dinero que el portavoz del Senado, que también cobra un complemento por esa labor.</p><p>El PP está <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-incumple-ley-transparencia-no-publicar-web-oficial-sueldo-feijoo_1_1323326.html" target="_blank">incumpliendo</a> la Ley de Transparencia al no hacer constar en su página web lo que abona mensualmente a Feijóo. El artículo 8.1.f de esa norma establece que los partidos políticos están obligados a hacer públicas <strong>“las retribuciones percibidas anualmente” por sus “altos cargos y máximos responsables”.</strong> Y añade: “Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”.</p><p>Esta información, según la misma ley, no sólo debe ponerse a disposición de los ciudadanos a través de Internet sino que <strong>tiene que ofrecerse “de una manera clara, estructurada y entendible</strong> para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización” (artículo 5 de la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20220709" target="_blank">ley 19/2013,</a> de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).</p><p>Los senadores, de acuerdo con la normativa que rige la Cámara Alta, tienen la obligación de cumplimentar tanto las declaraciones de actividades como las de bienes y rentas no solamente al inicio de su mandato y al finalizar el mismo, sino <strong>también cuando se produzca una modificación de las circunstancias inicialmente declaradas,</strong> contando para ello con un plazo de treinta días naturales desde que se produzca dicha modificación. </p><p>El artículo 26 del Reglamento del Senado dispone que Feijóo, igual que los demás senadores, está obligado a declarar sus ingresos, públicos o privados, al principio y al final de su mandato, pero<strong> también “al producirse modificación de sus circunstancias”</strong>. Y eso es lo que ocurrió cuando tanto el PP como el grupo parlamentario decidieron abonarle “gastos de representación” y un complemento que aumentaron un 160% los ingresos mensuales de Feijóo.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 17 Aug 2023 19:14:18 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Excusas, trampas y silencio: la estrategia de Feijóo para ocultar lo que ingresa en su cuenta]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PP,Alberto Núñez Feijóo,Salarios políticos,Senado,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Feijóo ocultó al Senado ingresos de más de 8.000 euros al mes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/feijoo-oculto-senado-ingresos-8-000-euros-mes_1_1571340.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/349ceec5-1e22-4033-98d9-21413c9eaf22_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Feijóo ocultó al Senado ingresos de más de 8.000 euros al mes"></p><p>La nómina de Alberto Núñez Feijóo es<strong> una caja de sorpresas</strong>. A los ingresos ya conocidos que recibió del Senado mientras ocupó un escaño en la Cámara alta en su condición de parlamentario en representación de una comunidad autónoma y a los “gastos de representación” que el PP acabó <a href="https://www.infolibre.es/politica/filtracion-gastos-representacion-feijoo-no-logra-zanjar-sospechas-retribuciones_1_1537746.html" target="_blank">revelando</a> que le paga en calidad de presidente de su formación, hay que sumar ahora 55.737,5 euros anuales que, por decisión del partido, le ha estado abonando su grupo parlamentario  en calidad de “complemento”.</p><p>Fuentes del PP confirmaron a <strong>infoLibre</strong> este ingreso de Feijóo, hasta ahora desconocido, y cuya existencia fue <a href="https://www.eldiario.es/politica/feijoo-oculto-mitad-sueldo-lider-pp-cobro-71-110-euros-nueve-meses_1_10449321.html" target="_blank">adelantada</a> por elDiario.es. Pero<strong> aseguran que no se trata de un sueldo, sino de “un complemento”</strong> que “le diferencia salarialmente” de cualquier “diputado raso”. Sin él, argumentan, el hasta ahora portavoz del PP en el Senado habría ganado más dinero que el líder del partido.</p><p>Las mismas fuentes sostienen que, en cualquier caso, y aunque esos ingresos eran secretos y que el propio Feijóo había dicho que no cobraba nada más que lo que Génova filtró el pasado mes de junio, no ha habido ocultación porque no se trata de un “sueldo del PP ni de un gasto de representación”. “Las cifras del PP son públicas,<strong> no ocultamos nada</strong>”, aseguran.</p><p>El pasado mes de junio y en plena precampaña de las elecciones generales, el PP cedió a la presión de los medios y de los partidos de la izquierda que exigían conocer el sueldo de Feijóo <strong>después de que infoLibre </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank"><strong>sacase</strong></a><strong> a la luz la opacidad salarial del jefe de la oposición </strong>y acabó filtrando que recibe anualmente 52.346 euros del partido, aproximadamente 4.362 euros mensuales.</p><p>Se trata de una cantidad que hay que sumar a lo que ha estado cobrando como senador en representación de Galicia: 72.953,6 euros anuales (algo más de 5.200 euros al mes en 14 pagas). Esto incluye su salario como parlamentario (3.173,83 euros; 44.433,62 euros brutos al año, que están sometidos al régimen general de retención y tributación fiscales de los ciudadanos comunes) y otros 2.037,07 euros mensuales que Feijóo se embolsó también 14 veces al año en concepto de “indemnización” por “los gastos que le origine la actividad de la Cámara” al haber sido elegido fuera de Madrid. En este caso son 28.518,98 euros al año “exentos de tributación” porque están destinados a “cubrir gastos”. <strong>Una suma que Feijóo cobró a pesar de haber trasladado su residencia a la capital de España. </strong></p><p>Si sumamos a estas cifras el dinero que ahora se acaba de conocer y que le pagó su grupo en el Senado, el líder del PP, habría ingresando mensualmente hasta 13.554 euros mensuales, lo que representa <strong>unos ingresos anuales de casi 181.000 euros.</strong></p><p>El líder del PP lleva negándose a revelar el salario que le paga el PP desde que <strong>infoLibre</strong> se lo <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank">preguntó</a> en septiembre de 2022. Y ocultó esta información a pesar de que <strong>está obligado a publicarla en la página web de su formación</strong>, tal y como <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-incumple-ley-transparencia-no-publicar-web-oficial-sueldo-feijoo_1_1323326.html" target="_blank">establece</a> la Ley de Transparencia.</p><p>El PP <a href="https://www.infolibre.es/politica/larga-tradicion-sobresueldos-pp-aznar-feijo-pasando-rajoy-casado_1_1529465.html" target="_blank">pagó</a> de media a José María Aznar y a Mariano Rajoy unos 260.000 euros brutos al año al cambio de 2023 cuando eran los líderes de la oposición y ocupaban el sillón de la calle Génova en el que ahora se sienta Feijóo. El líder del PP, sin embargo, no quiso hacer pública su nómina en el partido hasta después de las elecciones, alegando que no estaba obligado a actualizar su declaración en el Senado hasta que abandonase su escaño en la Cámara Alta, lo que acaba de suceder. Resta ahora por conocer qué ingresos ha declarado al Congreso y <strong>cuánto dinero le pagará su grupo en calidad de presidente de los parlamentarios del PP. </strong>Sobre todo ahora que dejará de ingresar algo más de 2.000 euros al mes que percibía por representar a una comunidad autónoma.</p><p>Lo cierto es que esta revelación<strong> pone entredicho las propias palabras de Feijóo,</strong> que el pasado 29 de junio, en una rueda de prensa convocada en Bruselas, aseguro que no percibía “ninguna otra remuneración o gastos representación por parte del Partido Popular”.</p><p>Entonces, visiblemente incómodo por el interés que suscitan sus <strong>ingresos opacos</strong>, Feijóo intentó quitarle importancia diciendo que cobrar dos sueldos —uno del partido y otro público, en su caso como senador— es lo habitual en los partidos, cuando sólo es norma en el PP. </p><p>“Yo como presidente de Galicia tenía menos sueldo que ahora. Por tanto, sé perfectamente lo que es ser presidente del Gobierno y cobrar menos que en la oposición. Lo sé perfectamente”, remarcó antes de insinuar que el sobresueldo que recibe tiene que ver con<strong> los gastos de la vivienda que ocupa en alquiler el barrio de El Viso,</strong> uno de los más caros de Madrid, a pesar de que tiene una vivienda en <a href="https://www.senado.es/legis14/senadores/regbi/DBR_145610.pdf" target="_blank">propiedad</a> en la capital desde el año 2001. “No es lo mismo vivir en una ciudad y tener que hacer frente a esos gastos que vivir en el Palacio de la Moncloa”, alegó. “Son cosas bastante distintas”.</p><p>La información publicada por elDiario.es, en la que cita la declaración de bienes que el líder del PP acaba de presentar, revela además otro dato nuevo. <strong>Feijóo adquirió una vivienda y una plaza de garaje en A Coruña el pasado 11 de agosto,</strong> hace sólo seis días y apenas tres semanas después de las elecciones del 23J, en las que no consiguió la mayoría suficiente que necesitaba para ser investido presidente del Gobierno.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[5b14b5f4-960d-4654-a6af-93b611956cb0]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 17 Aug 2023 08:07:28 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Feijóo ocultó al Senado ingresos de más de 8.000 euros al mes]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PP,Salarios políticos,Alberto Núñez Feijóo,Senado,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Transparencia ordena a Hacienda informar, con nombres, de las personas que han incumplido la ley de altos cargos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/transparencia-ordena-hacienda-informar-nombres-personas-han-incumplido-ley-altos-cargos_1_1552998.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/988b9729-370a-471d-b8fd-d33fb5840319_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Transparencia ordena a Hacienda informar, con nombres, de las personas que han incumplido la ley de altos cargos"></p><p>El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha ordenado al Ministerio de Hacienda que remita a la persona que se los solicitó los nombres de todos los <strong>altos cargos que han incumplido la Ley de Transparencia</strong> o la reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, detallando sus nombres, así como las sanciones que se les impusieron, de acuerdo con Europa Press.</p><p>Hace un año, la persona interesada en esa información la solicitó al departamento que dirige María Jesús Montero, pero la Oficina de Conflictos de Intereses sólo atendió la petición parcialmente, alegando que, en atención a la protección de datos personales, <strong>sólo podía proporcionarle los nombres de cuatro altos cargos cuyas sanciones fueron publicadas en su momento en el Boletín Oficial del Estado (BOE)</strong>, pero no del resto por no tener esos datos "carácter público".</p><p>Según detalla la resolución dictada por el <strong>Consejo de Transparencia</strong>, recogida por Europa Press, la Oficina de Conflictos de Intereses se dirigió a todos los altos cargos sancionados para preguntarles si estaban de acuerdo con que se proporcionara esa información que les afectaba. Tras esas consultas y "una vez <strong>ponderados los intereses concurrentes</strong>", Hacienda optó por informar únicamente de los cuatro nombres que ya habían aparecido en el BOE.</p><p>El ciudadano que había solicitado estos datos presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno subrayando que Hacienda <strong>se amparaba en un argumento que ya ha sido rebatido</strong> tanto por el propio Consejo de Transparencia como por el Tribunal Supremo.</p><p>"No cabe denegar lo solicitado alegando la protección de datos personales", esgrimió el reclamante a quien el Consejo de Transparencia ha dado la razón, incidiendo en que el Supremo <strong>"se ha pronunciado en términos inequívocos"</strong> sobre la cuestión de fondo del asunto.</p><p>Lo hizo en 2022, precisamente al resolver un recurso de casación interpuesto por la Oficina de Conflictos de Intereses contra una sentencia de la Audiencia Nacional. La Audiencia <strong>había considerado ajustada a derecho la resolución</strong> por la que el Consejo de Transparencia ordenó remitir a una ciudadana la "versión íntegra" del informe semestral sobre el cumplimiento de la ley de altos cargos que la oficina debe elevar semestralmente al Gobierno.</p><p>Por un lado, el Tribunal Supremo dejó claro que el hecho de que una información (los nombres de los altos cargos que incumplieron la ley) <strong>no se publique en el BOE no significa que no tenga carácter público</strong>.</p><p>Respecto al argumento de que se trata de información protegida cuya difusión debe ser autorizada por los afectados, el Supremo recuerda que la Ley de Protección de Datos "únicamente recoge como <strong>datos especialmente protegidos los que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias</strong>".</p><p>En cualquier caso, admite que <strong>debe ponderarse el interés público</strong> en la divulgación de la información y los derechos de los afectados y avala la decisión que en su momento tomó el Consejo de Transparencia atendiendo a la "responsabilidad del alto cargo y la necesidad de ejercer su actividad con las máximas condiciones de transparencia".</p><p>Así, el Supremo sostiene que <strong>el derecho a la protección de datos debe ceder al derecho de acceso a la información</strong> y que debe hacerse pública la identidad de quienes no han cumplido con las obligaciones de los altos cargos.</p><p>"El alto cargo, por la responsabilidad que conlleva y la relevancia de las funciones que desempeña, <strong>sólo puede ser ejercido por personas que respeten al marco jurídico que regula el desarrollo de su actividad</strong> y con las máximas condiciones de transparencia, legalidad y ausencia de conflictos entre sus intereses privados y los inherentes a sus funciones públicas", esgrime el Supremo.</p><p>Con todos estos argumentos el Consejo de Transparencia ha atendido la reclamación y ha ordenado <strong>remitir al reclamante el listado de todos y cada uno de los altos cargos o ex altos cargos</strong> de la Administración General del Estado que hayan incumplido en algún punto sus obligaciones con la ley del alto cargo o la ley de transparencia, indicando, en casa caso, el nombre, el cargo que ocupaba, qué cumplimiento realizó y cuándo, cómo se le sancionó y cómo ha terminado el caso.</p><p>Y también que entre esos incumplimientos se incluyan, por ejemplo, todos sobre los que la Oficina informa en sus <strong>informes semestrales que remite al Congreso</strong>, pero donde no identifica quienes son los altos cargos ni el incumplimiento ni la sanción concreta.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 18 Jul 2023 16:46:45 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Transparencia ordena a Hacienda informar, con nombres, de las personas que han incumplido la ley de altos cargos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ley protección datos,Hacienda pública,Ley Transparencia,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Feijóo se lanza a la carrera por la Moncloa sin revelar su sueldo íntegro ni si recibe un extra del PP]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/disolucion-senado-libra-feijoo-obligacion-revelar-elecciones-sueldo-cobra-pp_1_1515579.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/cd9063b2-a7f6-4a3e-80b0-30e545069fb6_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Feijóo se lanza a la carrera por la Moncloa sin revelar su sueldo íntegro ni si recibe un extra del PP"></p><p>El domingo 28 de mayo, <strong>Alberto Núñez Feijóo</strong> llegó paseando a votar en el colegio Ramiro de Maeztu, en la calle Serrano del barrio de El Viso de Madrid, <strong>uno de los más caros de la capital.</strong> Esa zona, hogar de algunas de las mayores fortunas del país, es donde el que fuera máximo responsable de la Xunta de Galicia decidió establecer su residencia y la de su familia cuando, el pasado mes de abril, asumió la presidencia del Partido Popular tras la revuelta de los barones que puso fin al mandato de Pablo Casado.</p><p>El Viso es, con diferencia, <strong>la zona con mayor renta per cápita de Madrid y una de las más pudientes de toda España</strong>, según los Indicadores Urbanos que <a href="https://www.infolibre.es/economia/cuatro-barrios-ricos-espana-son-madrid-perdieron-10-renta-per-capita_1_1239320.html" target="_blank">publica</a> periódicamente el Instituto Nacional de Estadística (INE). Pero el PP se niega a revelar si la organización se ha hecho cargo en todo o en parte de precio del alquiler de la vivienda que habita su presidente, tal y como hizo en el pasado con quien, como es el caso de José María Aznar, le antecedió al frente de la sede de la calle Génova y no residía en la capital.</p><p>Ese salario en especie, así como cualquier sueldo en dinero contante y sonante que el PP esté abonando a Feijóo desde que llegó a la Presidencia del PP, <strong>debería ser de dominio público</strong> si el Partido Popular cumpliese la Ley de Transparencia.</p><p>La norma, en vigor desde 2013 (fue aprobada cuando el PP tenía mayoría absoluta en el Congreso), establece en su artículo 8.1.f que los partidos políticos están obligados a hacer públicas <strong>“las retribuciones percibidas anualmente” por sus “altos cargos y máximos responsables”.</strong> Y añade: “Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”.</p><p>Es una información, según la misma ley, que no sólo debe ponerse a disposición de los ciudadanos a través de Internet sino que <strong>tiene que ofrecerse “de una manera clara, estructurada y entendible</strong> para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización” (artículo 5 de la <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20220709" target="_blank">ley 19/2013,</a> de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).</p><p>Sin embargo, la información que el PP incluye en el epígrafe de “transparencia” de su <a href="http://www.pp.es/" target="_blank">página web</a> es <strong>inexistente.</strong> En el apartado “organización y personas”, en el que más encajaría la información que la ley obliga a divulgar a los partidos, no hay nada. Apenas se puede encontrar un <a href="https://www.pp.es/conocenos/quien-es-quien" target="_blank">buscador</a> que no funciona y un sorprendente <a href="https://transparencia.gob.es/servicios-buscador/buscar.htm?categoria=retribuciones&ente=EA0008567&lang=es" target="_blank">enlace</a> a las retribuciones de la Moncloa. Es decir: ni rastro del sueldo de Feijóo pero sí el salario público del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.</p><p>No es su página web el único sitio en el que en el que Feijóo incumple su deber de transparencia. El otro es <strong>la </strong><a href="https://www.senado.es/web/composicionorganizacion/senadores/composicionsenado/fichasenador/index.html;jsessionid=qBLJk2MMxVGyhhhKn8nSxJzQZTjmdBZHnpTzxnNktqqckhxpp7L3!901688451?id1=19746&legis=14&id2=a" target="_blank"><strong>declaración</strong></a><strong> de intereses que está obligado a presentar y a actualizar periódicamernte en el Senado.</strong> Pero al llegar a la Cámara Alta, en  del Parlamento de Galicia, se limitó a hacer constar datos de 2021, cuando su único salario era el que recibía como presidente de la Xunta, a pesar de que sí hizo <a href="https://www.senado.es/legis14/senadores/regact/RA_14_311_1.pdf" target="_blank">constar</a> que ya era el máximo responsable del PP en toda España.</p><p>Feijóo estaría obligado a actualizar esta información en estas fechas porque entre los datos que tiene que trasladar a la Cámara está su declaración de la renta de 2022, pero <strong>no tendrá que hacerlo.</strong> La disolución de las Cortes, decretada por el presidente Sánchez para adelantar las elecciones al 23 de julio, se lo ha evitado. Los españoles acudirán a votar en las  generales sin saber cuál es el salario que el PP paga a Feijóo ni si se ha hecho cargo también del alquiler de su vivienda.</p><p>Cuando <strong>infoLibre</strong> <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank">trasladó</a> la pregunta al PP, el equipo del presidente declinó responder. El líder de la oposición <strong>“seguirá publicando su información económica como senador</strong> como hizo hasta ahora como presidente de la Xunta y parlamentario”, precisaron, dando a entender que actualizaría los datos en 2023, cosa que no ha hecho.</p><p>Feijóo sí tendrá que dar a conocer si ha cobrado un sueldo del PP y si le han pagado su vivienda en Madrid después de las elecciones, cuando se convierta en diputado en el Congreso.</p><p>Pablo Casado <strong>cobraba oficialmente del partido 47.720 euros al año</strong>, según la declaración de rentas que presentó en el Congreso de los Diputados al comienzo de la legislatura, además de su sueldo como diputado (por encima de los 3.000 euros al mes como base). Que se sepa, su predecesor, <strong>Mariano Rajoy, fue con diferencia el presidente del PP que más dinero cobró del partido.</strong> La Agencia Tributaria certificó en su día, a petición del propio interesado, que cobró 200.628,66 en 2011 del Partido Popular, 181.098,14 en 2010, 196.490,88 en 2009 y 185.794,00 en 2008, por citar sólo las cifras de su última legislatura como líder de la oposición. A ese dinero hay que añadir el que cobró como diputado durante sus <strong>siete años como presidente del PP</strong> en la oposición entre 2004 y 2011.</p><p><strong>José María Aznar,</strong> por su parte, ingresó durante los algo más de cinco años en los que ejerció como presidente del PP en la oposición (1989-1996) un total de <strong>782.695,13 euros,</strong> según la contabilidad del PP. Esta cifra suma conceptos muy distintos e incluyen desde gastos de representación a ingresos extraordinarios, pasando por un salario en especie para pagar su vivienda en Madrid. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 05 Jun 2023 19:36:34 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Feijóo se lanza a la carrera por la Moncloa sin revelar su sueldo íntegro ni si recibe un extra del PP]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PP,Senado,Ley Transparencia,Alberto Núñez Feijóo,Salarios políticos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Tiktok y Google, entre las plataformas que deberán informar sobre sus algoritmos a la UE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/tiktok-google-plataformas-deberan-informar-algoritmos_1_1482519.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/5c1e1124-40fc-4f2e-9d6a-0952464cb9f9_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Tiktok y Google, entre las plataformas que deberán informar sobre sus algoritmos a la UE"></p><p>La Comisión Europea ha publicado este martes la lista de 19 grandes plataformas digitales, entre ellas Tiktok, Twitter, Amazon, Facebook y Google, que <strong>deberán informar con mayor transparencia de los sistemas algorítmicos</strong> que aplican y cumplir el resto de nuevas normas de la Unión Europea para reforzar el control sobre los servicios digitales, según informa Europa Press.</p><p>"La razón de ser de las nuevas reglas es garantizar que <strong>la tecnología esté al servicio de la sociedad</strong> en la que vivimos y no al revés", ha advertido la vicepresidenta del Ejecutivo comunitario responsable de Competencia, Margrethe Vestager, en un comunicado para presentar el listado de las entidades cubiertas.</p><p>La Ley europea de Servicios Digitales aportará "transparencia" y una "significativa rendición de cuentas" tanto a las plataformas como a los motores de búsqueda, al tiempo que <strong>facilitará a los consumidores tener un "mayor control"</strong> sobre su actividad online, ha destacado la vicepresidenta comunitaria.</p><p>Para ello, los servicios comunitarios han identificado las 17 plataformas y dos motores de búsqueda de "muy gran tamaño", es decir, con más de 45 millones de usuarios activos mensuales, que disponen ahora de un plazo de cuatro meses para <strong>ajustarse a las obligaciones</strong> que establece la nueva legislación comunitaria.</p><p>El objetivo, apunta Bruselas, es que proteger y dar más poder a los usuarios de Internet -también a los menores- de modo que sean los propios servicios designados quienes "evalúen y mitiguen los riesgos sistémicos y ofrezcan herramientas sólidas de <strong>moderación de contenidos</strong>".</p><p>Las compañías designadas son Alibaba AliExpress, Amazon Store, Apple AppStore, Booking.com, Facebook, Google Play, Google Maps, Google Shopping, Instagram, LinkedIn, Pinterest, Snapchat, TikTok, Twitter, Wikipedia, YouTube y Zalando. Como <strong>motores de búsqueda</strong> tan solo han sido incluidos Bing y Google Search.</p><p>Por las nuevas normas, estas entidades deberán informar con claridad a los usuarios del<strong> motivo por el que se les recomienda determinada información</strong> y éstos podrán darse de baja de los sistemas que se creen al hacer un perfil.</p><p>Los usuarios también podrán <strong>denunciar fácilmente contenidos ilícitos</strong> y las plataformas tendrán que tramitar sus denuncias con diligencia. Mientras que no podrán aparecer anuncios que se basen en datos sensibles del usuario como pueden ser su origen étnico o sus opiniones políticas.</p><p>Otra de las claves es la protección del menor con exigencias como que las plataformas deban adaptar el diseño de sus sistemas para garantizar un alto nivel de privacidad, protección y seguridad de los menores, al tiempo que <strong>queda prohibida la publicidad personalizada</strong> y o la basada en perfiles para menores.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[292971f2-8352-4ab0-983d-4578a55a9728]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 25 Apr 2023 19:32:17 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Tiktok y Google, entre las plataformas que deberán informar sobre sus algoritmos a la UE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Redes sociales,Unión Europea,Publicidad,Transparencia,Ley Transparencia,Transparencia Internacional]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La CEOE no renovó su convenio con Transparencia Internacional tras la llegada de Garamendi]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/ceoe-no-renovo-convenio-transparencia-internacional-llegada-garamendi-presidencia_1_1433122.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/69cb776d-87bc-4c4e-8b47-9f0fb4e3cd6f_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La CEOE no renovó su convenio con Transparencia Internacional tras la llegada de Garamendi"></p><p>La CEOE firmó un convenio con Transparencia Internacional, pero <strong>duró poco</strong>. Fue antes de la llegada de Antonio Garamendi como presidente. En julio de 2018, Juan Rosell como presidente del organismo, pactó con la ONG la voluntad de dar publicidad activa sobre siete puntos. Entre estos puntos, figuraba la información individualizada de los contratos o la <strong>retribución de la presidencia</strong>. No obstante, tras la llegada del vizcaíno a la presidencia de la CEOE, el convenio no se renovó.</p><p>“El convenio que firmó la CEOE contenía cuestiones que <strong>iban más allá de la Ley de Transparencia</strong>”, explica David Martínez, director ejecutivo de la ONG Transparencia Internacional. “Por ejemplo, en cuanto al modelo de cumplimiento normativo, código ético, actividades vinculadas con la integridad, política anticorrupción, transparencia en los órganos de gobierno, etc…”, añade el experto en transparencia. Fuentes de la patronal han trasladado a <strong>infoLibre </strong>que el convenio no tuvo gran desarrollo y la organización prefirió crear su propio departamento de <em>compliance </em>(un área de las empresas destinada al cumplimiento normativo).</p><p>Este compromiso voluntario que adquirió la CEOE y al que luego renunció redundaba en la necesidad de <strong>publicar las remuneraciones de sus directivos, </strong>que ya era una obligación legal para la CEOE. El artículo 3 de la Ley de Transparencia, en vigor desde 2013, obliga a las entidades privadas que reciban más de 100.000 euros anuales de ayudas públicas a publicar cierta información, entre ella, la remuneración individualizada de sus dirigentes. “<strong>Por ley deberían publicar esta información</strong>”, explica David Martínez. Como ha detallado <strong>infoLibre</strong>, la CEOE <a href="https://www.infolibre.es/economia/cinco-preguntas-ceoe-no-contesta-patronal-recibido-34-millones-10-anos-no-paga-directivos_1_1432144.html" target="_blank" >ha ingresado casi 34 millones de euros</a> en subvenciones en los últimos 10 años.</p><p>El 25 de julio de 2018, Juan Rosell firmó el convenio, <a href="https://transparencia.org.es/wp-content/uploads/2018/07/convenio_ceoe.pdf" target="_blank">que sigue publicado en la web</a> de Transparencia Internacional. Entre las obligaciones a las que se comprometía voluntariamente, la página cinco del documento incluye un punto en el que la CEOE debía publicar la remuneración de su presidencia. Esto no era motivo de conflicto por esas fechas. <strong>Rosell no percibía remuneración</strong> por su cargo y así se hacía constar en los informes de retribuciones.</p><p>Con la llegada de Garamendi, que se produjo en noviembre de ese año, el convenio, que tenía vigencia durante un año, no se renovó. Fuentes de la organización han detallado a <strong>infoLibre </strong>que la nueva presidencia prefirió ser autónoma y no necesitar asesoramiento externo en cuanto a transparencia, al crear su propio departamento de cumplimiento normativo.</p><p>Garamendi sí percibiría salario por su condición de presidente, al dedicarse a esta actividad en exclusiva, a diferencia de su antecesor. No obstante, <strong>los informes de retribuciones no publican su salario</strong>. Los anteriores, que sí hacían referencia a que Rosell no percibía remuneración, ya no están publicados en la web. Sin embargo, <a href="https://web.archive.org/web/20210205072807/https://www.ceoe.es/es/conocenos/el-portal-de-transparencia/informe-de-retribuciones" target="_blank" >es posible consultarlos</a> a través de Wayback Machine, una "máquina del tiempo" que permite ver la información que figuraba años atrás en una página web, aunque haya sido eliminada.</p><p><strong>¿Incumple la CEOE la ley de Transparencia?</strong></p><p>La Ley de Transparencia se aprobó en 2013, pero nunca se dio luz verde al reglamento que la desarrollaba. En 2017 se abrió el proceso de consulta pública y la CEOE, todavía presidida por Rosell, <a href="https://transparencia.gob.es/transparencia/dam/jcr:14edab94-de40-4fa3-b34b-bb3b363a2fd8/48-CEOE_PRD_Ley19.pdf" target="_blank">presentó un documento</a> con sus apreciaciones. En este criticó que la patronal <strong>tuviera que someterse</strong> a principios de transparencia similares a los que se acogen las administraciones públicas. El organismo rechazó que las retribuciones de los dirigentes <strong>no tienen “relevancia en la gestión de fondos públicos”</strong> y que supone una “exigencia que va más allá de sus obligaciones registrales”. </p><p>El PSOE se comprometió en su programa electoral a reformar la Ley de Transparencia, por lo que, al entrar al Gobierno, pese a que la redacción del reglamento siguió su curso, su aprobación acabó congelándose, a la espera de reformar la propia ley. No obstante, <a href="https://www.epe.es/es/politica/20230109/jose-luis-rodriguez-porcentaje-resoluciones-inadmisible-patologia-80883783" target="_blank">en una entrevista publicada por </a><a href="https://www.epe.es/es/politica/20230109/jose-luis-rodriguez-porcentaje-resoluciones-inadmisible-patologia-80883783" target="_blank"><em>El Periódico de España</em></a> en enero de 2023, el presidente del Consejo de Transparencia lamentó que probablemente la reforma de la ley vaya a estar lista este año: “<strong>Que se pueda hacer en esta legislatura va a ser muy difícil, hay que ser realistas</strong>”, expresó. Por lo tanto, finalmente es posible que este año termine sin el reglamento que desarrolla la ley de 2013, y sin la reforma de la misma ley.</p><p>Pese a la anomalía de tener una Ley de Transparencia sin un reglamento que la desarrolle, el Consejo de la Transparencia, un organismo público que vela por el derecho de acceso a la información de los ciudadanos,<strong> revisa periódicamente si las entidades están cumpliendo la ley vigente</strong>. </p><p>En el último análisis, de octubre de 2022, el organismo detecta algunos incumplimientos por parte de la CEOE: no publica <strong>los contratos adjudicados</strong> por las administraciones públicas,<strong> ni las retribuciones</strong> de sus dirigentes<strong> ni la trayectoria profesional </strong>de los mismos. En este último punto, fuentes de la patronal expresan que están en proceso de añadir esa información. Respecto a las retribuciones, se acogen a las “lagunas” en la ley para justificar su no publicación. El Consejo de Transparencia les <strong>otorga un 64,8% de cumplimiento</strong>, lo que supone que tiene carencias. </p><p>“El cumplimiento de la ley es bastante exiguo”, lamenta David Martínez, director ejecutivo en España de la ONG Transparencia Internacional. "Hemos detectado que las recomendaciones del Consejo de Transparencia <strong>no se están respetando mucho</strong> en general, no solo en este caso. El ente <strong>no tiene capacidad fiscalizadora o sancionadora</strong>. Las carencias que detecta en la información publicada por la CEOE son importantes. No es que te falte un currículum...”, lamenta Martínez.</p><p>El experto en transparencia y buena gobernanza de los organismos considera que la falta de información proporcionada por la CEOE “refleja que <strong>no respeta los principios del buen gobierno":</strong> "Debe rendir cuentas, <strong>por la cantidad de recursos públicos que percibe</strong> y por las funciones que desempeña. Debe demostrar que tiene un sistema regido por la buena gobernanza, sometido al escrutinio público”, remacha Martínez.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[eca5a9bf-e8a6-452d-8657-ea296074c86f]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 22 Feb 2023 20:19:16 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Javier Guzmán]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La CEOE no renovó su convenio con Transparencia Internacional tras la llegada de Garamendi]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[CEOE,Transparencia,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La CEOE evita responder cinco preguntas sobre los sueldos de su cúpula tras recibir 34 millones públicos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/cinco-preguntas-ceoe-no-contesta-patronal-recibido-34-millones-10-anos-no-paga-directivos_1_1432144.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/fe585919-1904-45b3-8f8f-9e18890c57d7_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La CEOE evita responder cinco preguntas sobre los sueldos de su cúpula tras recibir 34 millones públicos"></p><p>La CEOE, la organización que representa a dos millones de empresas y autónomos, no publica la información de la remuneración que perciben sus directivos. Esto es así pese a que por su naturaleza de interlocutor social, un porcentaje relativamente alto de sus ingresos proviene de las arcas públicas, por lo que <strong>está obligada a ofrecer esa información</strong>. Según difundió el diario El País el 9 de febrero, Antonio Garamendi, presidente de la patronal de empresarios, mantiene una relación mercantil como autónomo con la organización que preside y percibe unos ingresos estimados en unos 400.000 euros anuales. A raíz de esta información, <strong>infoLibre </strong>ha trasladado a la organización cinco preguntas, que no han recibido respuesta.  </p><p>Algunas de las preguntas versan sobre la política de retribución de los directivos de la patronal a lo largo de diferentes ejercicios fiscales. Actualmente, no es posible saber quién cobra en la cúpula ni cuánto, ni este año ni los anteriores. Ante estas preguntas, la CEOE remite a las cuentas anuales, aprobadas por la Junta directiva y auditadas por Deloitte, que <strong>no ofrecen respuesta a estas preguntas.</strong></p><p>Las demás están centradas en la relación mercantil de Garamendi con la patronal. ¿Desde cuándo es autónomo? ¿Se acogió a la tarifa plana de la Comunidad de Madrid? La patronal se escuda en que son informaciones <strong>relativas a la esfera personal del presidente</strong> para no ofrecer una respuesta. No es posible saber tampoco en qué órgano ni cuándo se aprobó su retribución, ni si esta ha variado con el tiempo. </p><p>La CEOE ha recibido 33,9 millones de euros en la última década. Esta cifra no incluye una última subvención extraordinaria de casi 11 millones de euros para la digitalización de empresas y que, a cierre de 2021, aún no había ingresado. Al ser una entidad privada que supera ampliamente el límite establecido de más de 100.000 euros anuales en subvenciones públicas,<strong> está obligada a publicar una serie de informaciones </strong>para cumplir con la Ley de Transparencia. Y entre esa información, está la retribución de sus altos cargos, un punto que incumple la patronal cada año. </p><p>Estas son las cinco preguntas que <strong>infoLibre </strong>ha trasladado a la CEOE y que no han recibido respuesta. </p><p>Según los estatutos de la CEOE, el cargo de presidente de la patronal <strong>puede estar remunerado o no.</strong> Del sueldo del presidente Garamendi, hasta hace unos días, lo que se sabía era precisamente por otra filtración. El diario <em>La Información</em> <a href="https://www.lainformacion.com/empresas/garamendi-cobrara-300-000-euros-por-su-dedicacion-exclusiva-como-jefe-de-ceoe/6489936/" target="_blank">publicó en enero de 2019</a> que Garamendi cobraría alrededor de 350.000 euros a través de facturas que el interesado remitiría a la patronal. Pocos días después, en <a href="https://elpais.com/economia/2019/01/25/actualidad/1548448944_084730.html" target="_blank">una entrevista con El País</a>, Garamendi confirmó esa remuneración: “<strong>Es humilde a nivel empresarial</strong>”, opinó.</p><p>Cuatro años después, el mismo periódico ha difundido que Garamendi <a href="https://elpais.com/economia/2023-02-09/garamendi-regulariza-su-situacion-laboral-como-presidente-de-la-ceoe.html" target="_blank">va a regularizar su situación</a>, para tener una relación contractual, y no meramente como autónomo con la CEOE. Esta última información eleva la estimación de sus ingresos a 400.000. Esta vez, la reacción de Garamendi la recogió el programa de Antena 3 <em>Espejo Público</em>, <a href="https://www.infolibre.es/politica/garamendi-criticas-subida-sueldo-hay-violacion-dice-chica-iba-minifalda_1_1428163.html" target="_blank">donde censuró a los que criticaban su remuneración</a>: “Perdona que haga el ejemplo, pero esto es <strong>como cuando hay una violación</strong> y dicen que la chica iba en minifalda”. Horas después, pidió disculpas por estas palabras.</p><p>La CEOE cuenta con un presidente, 11 vicepresidencias, una secretaría general, una presidenta y dos vicepresidentas para su Fundación, así como una veintena de directores de departamentos. El informe de retribuciones solo especifica que los miembros de la Junta y los cargos directivos fueron remunerados en 2021 con 601.000 euros, incluyendo sueldos, dietas y otras remuneraciones. Pero <strong>no especifica quiénes perciben una porción de esta partida</strong>.</p><p><strong>3. ¿Cuánto cobran los directivos que reciben remuneración?</strong></p><p>De todos estos directivos, solo se conoce el sueldo de una de ellas, y por otra filtración. El diario <a href="https://www.larazon.es/economia/20201217/55i7dt2r2fhrhcubhknbhkcpbm.html" target="_blank">La Razón publicó en diciembre de 2020</a> que Fátima Báñez, quien fue ministra de Trabajo durante los seis años y medio que gobernó Mariano Rajoy,<strong> cobraría 240.000 euros anuales </strong>como presidenta de la Fundación. El mismo periódico recogió que la CEOE negaba esa remuneración, aunque no concretó a cuánto ascendió el nombramiento. Al no conocerse quiénes perciben una parte de los mencionados 601.000 euros, tampoco es posible <strong>saber qué obtienen, aunque sea como media</strong>.</p><p>Dado que el sueldo de Garamendi lo conocemos por la confirmación de la propia CEOE tras las filtraciones periodísticas, se conocen pocos detalles de estas retribuciones, que<strong> deberían ser conocidas</strong>. Por ejemplo, si su sueldo y su relación mercantil fue adoptada por la Junta Directiva. Dado que Garamendi emite facturas para cobrar su remuneración como un servicio, cabe dudar si su remuneración está fuera de la cifra de 601.000 euros, ya que podría añadirse como el pago de un servicio de asesoramiento. El diario El País señala en su información la coincidencia de que el apartado de asesoramiento<strong> pasó de 592.000 euros a 947.000 en 2021</strong>.  </p><p>No es posible saber desde cuándo está dado de alta Antonio Garamendi en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. A diferencia de las preguntas anteriores, la CEOE no está obligada a publicar esta información. En este caso, <strong>infoLibre </strong>ha trasladado estas cuestiones ante la evidencia de que la información publicada sobre su relación mercantil y la cantidad que ha facturado <strong>ha causado malestar en algunas patronales empresariales </strong>y, por lo tanto, ha adquirido relevancia pública.</p><p>Dado que la sede de la CEOE se encuentra en Madrid, cabe pensar que la actividad de Garamendi es facturada en la misma comunidad. Si el alta se produjo como consecuencia de su nombramiento como presidente, en noviembre de 2018, es posible que haya podido disfrutar de la <strong>ampliación de la tarifa plana</strong> que incluyó el Gobierno de la presidenta madrileña Cristina Cifuentes en los presupuestos de 2018. Gracias a esta medida, la cuota de Garamendi como autónomo <strong>podría haberse limitado a 60 euros mensuales </strong>durante los primeros dos años, una contribución significativamente menor que de haber mantenido una relación contractual con la CEOE, dado que su retribución mensual, incluyendo dietas, <strong>podría ascender a unos 30.000 euros brutos al mes</strong>. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Feb 2023 20:32:09 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Javier Guzmán]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La CEOE evita responder cinco preguntas sobre los sueldos de su cúpula tras recibir 34 millones públicos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Salario,CEOE,Transparencia,Ley Transparencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El PP incumple la ley de transparencia al no publicar en su web oficial el sueldo de Feijóo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/pp-incumple-ley-transparencia-no-publicar-web-oficial-sueldo-feijoo_1_1323326.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b72462e2-d5cb-4ea7-930f-cdb0857b6a27_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El PP incumple la ley de transparencia al no publicar en su web oficial el sueldo de Feijóo"></p><p>El PP está incumpliendo la Ley de Transparencia al no hacer constar en su página web si está pagando un sueldo a Alberto Núñez Feijóo. Fuentes de Génova confirmaron a <strong>infoLibre</strong> que esa información<strong> no está a disposición del público</strong> en el sitio del partido (www.pp.es).</p><p>La Ley de Transparencia (artículo 8.1.f) establece que los partidos políticos están obligados a hacer públicas<strong> “las retribuciones percibidas anualmente” por sus “altos cargos y máximos responsables”.</strong> Y añade: “Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo”.</p><p>Esta información, según la misma norma, no sólo debe ponerse a disposición de los ciudadanos a través de Internet sino que <strong>tiene que ofrecerse “de una manera clara, estructurada y entendible</strong> para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables. Se establecerán los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización” (artículo 5 de la<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12887&tn=1&p=20220709" target="_blank"> ley 19/2013,</a> de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).</p><p>Pues bien, en la página web del PP <strong>no es posible encontrar esa información.</strong> Ni la que puede afectar a Alberto Núñez Feijóo, para el caso de que el partido le esté pagando un salario en metálico o en especie, como hacía con sus antecesores, ni en lo que se refiere a Pablo Casado, que fue descabalgado de la presidencia del partido el pasado mes de abril.</p><p>La información que el PP incluye en el epígrafe de “transparencia” de su <a href="http://www.pp.es" target="_blank">página web</a> es<strong> extremadamente parca.</strong> En el apartado “organización y personas”, en el que más encajaría la información que la ley obliga a divulgar a los partidos, no hay nada. Apenas se puede encontrar un <a href="https://www.pp.es/conocenos/quien-es-quien" target="_blank">buscador</a> que este jueves ni siquiera funcionaba y un sorprendente <a href="https://transparencia.gob.es/servicios-buscador/buscar.htm?categoria=retribuciones&ente=EA0008567&lang=es" target="_blank">enlace</a> a las retribuciones de la Moncloa. Es decir: ni rastro del sueldo de Feijóo pero sí el salario público del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.</p><p>La Ley de Transparencia, aprobada durante el mandato de Mariano Rajoy, se fundamenta en el principio de que “sólo <strong>cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, </strong>cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos”.</p><p>Todas las veces que <strong>infoLibre</strong> se ha dirigido al PP preguntando por <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank">el sueldo de Feijóo en el partido,</a> Génova se ha limitado a decir que esa información<strong> se haría pública a través de su declaración de rentas en el Senado </strong>y no ha desmentido en ningún momento que su líder esté recibiendo un salario de la organización que dirige.</p><p>La única información disponible acerca del dinero que ingresa el líder del PP es la que él mismo declaró en el Senado cuando tomó posesión de su escaño en representación de la comunidad gallega. Pero<strong> en ese documento sólo hizo constar el sueldo que percibía como presidente de la Xunta en 2021</strong>, tal y como establece el reglamento de la Cámara Alta. Nada se sabe sobre si a su actual nómina como senador, que sin complementos asciende a 42.709,24 euros al año, suma cada mes otro salario, en este caso pagado por el partido, igual que ocurrió en el pasado con todos sus <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-rechaza-dar-conocer-sueldo-partido-feijoo-si-le-paga-vivienda-ocupa-madrid_1_1317394.html" target="_blank">antecesores</a>, Pablo Casado, Mariano Rajoy y José María Aznar.</p><p>Con su paso de presidente de la Xunta a senador, Feijóo ha visto reducido su salario público aproximadamente a la mitad por primera vez en más de una década. Al frente del Gobierno gallego ganó en 2021 85.601,86 euros. Su mudanza a la capital también le ha supuesto un gasto adicional muy importante, porque se ha instalado con su familia en una vivienda El Viso, <strong>una zona de alto poder adquisitivo con algunos de los alquileres más caros de España. </strong>En su momento, cuando Aznar se hizo cargo del partido y antes de convertirse en presidente del Gobierno, el PP le pagó su vivienda en Madrid.</p><p>Cuando Feijóo renueve su declaración en el Senado, algo que él puede hacer voluntariamente cuando quiera, pero que en teoría no podrá demorar más allá de la primavera<strong> cuando no tenga más remedio que actualizar los datos de su declaración de la renta,</strong> deberá hacer constar lo que cobró como presidente de Galicia hasta mayo, los 1.500 euros que reclamó al Parlamento gallego por los diez días que permaneció como diputado autonómico y los ingresos que haya podido percibir del PP desde entonces.</p><p>En todo caso, la situación económica del presidente del PP<strong> es muy buena,</strong> según se deduce de la información que ha hecho constar en la declaración en el Senado. Durante la última década, buena parte de la cual estuvo marcada por la crisis financiera, <strong>ha conseguido casi duplicar el dinero que tiene en el banco</strong> (ha pasado de 122.000 a 207.420 euros, incluyendo lo depositado a plazo fijo) y ha multiplicado su plan de pensiones privado (era de 89.604 euros en 2012 y ahora alcanza los 190.547). Una suma de dinero a la que hay que sumar un fondo de inversión en Abanca por valor de 481.500 euros y otros 51.505 euros en acciones de Inditex y Telefónica.</p><p>El propio Núñez Feijóo se <a href="https://www.infolibre.es/politica/feijoo-niega-publicamente-contestar-si-cobra-sueldo-pp_1_1321400.html" target="_blank">negó</a> a aclarar si cobra un salario cuando fue preguntado al respecto por <strong>infoLibre</strong> esta semana dos veces en el Senado. La oposición, tanto el PSOE como Unidas Podemos, ya le han pedido que dé a conocer su situación y el Gobierno, a través de la ministra de Hacienda, Maria Jesús Montero,<strong> le ha emplazado a ser transparente.</strong> “¿A qué tienen miedo?”, <a href="https://www.infolibre.es/politica/ministra-hacienda-emplaza-pp-publico-sueldo-paga-feijoo-miedo_1_1321690.html" target="_blank">preguntó</a> la responsable de las cuentas públicas españolas el pasado miércoles durante la sesión de control en el Congreso.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 22 Sep 2022 19:19:30 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El PP incumple la ley de transparencia al no publicar en su web oficial el sueldo de Feijóo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PP,Alberto Núñez Feijóo,Ley Transparencia,Transparencia,Salarios políticos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Las lagunas de la nueva transparencia real: en qué fondos invierte Felipe VI, cuál es el patrimonio de la reina o qué impuestos pagan]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/lagunas-nueva-transparencia-real-fondos-invierte-felipe-vi-patrimonio-reina-impuestos-pagan_1_1226259.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a7bc0833-ba94-44ad-a19c-e9e5406ba838_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Las lagunas de la nueva transparencia real: en qué fondos invierte Felipe VI, cuál es el patrimonio de la reina o qué impuestos pagan"></p><p>El rey Felipe VI ha revelado <strong>por primera vez</strong> a cuánto asciende su patrimonio: <strong>2,57 millones de euros</strong>. Y lo ha hecho porque lo ha considerado “conveniente y oportuno”, <strong>no porque haya ley alguna que le obligue</strong>. Según ha declarado la Casa del Rey en el comunicado que anunciaba la iniciativa, se trata de una “decisión personal” en aras de la <strong>“ejemplaridad, transparencia, rectitud e integridad”</strong>, que son los principios en que se basa la “modernización de la Corona” en que está embarcado.</p><p>Aunque no lo mencione, la publicación del patrimonio del monarca se produce después de que<a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-archiva-investigacion-juan-carlos-i-prescripcion-delitos_1_1221015.html" target="_blank" > la Fiscalía haya archivado la investigación sobre la fortuna de su padre</a> y la víspera de que el Consejo de Ministros haya aprobado <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-cuentas-auditara-casa-real-debera-publicar-ejecucion-trimestral-presupuesto_1_1226222.html" target="_blank" >un decreto</a> destinado a “reforzar la <span class="highlight" style="--color:white;">transparencia, rendición de cuentas y ejemplaridad</span>” de la Casa del Rey. A partir de ahora, <a href="https://www.infolibre.es/politica/tribunal-cuentas-auditara-casa-real-debera-publicar-ejecucion-trimestral-presupuesto_1_1226222.html" target="_blank" >el Tribunal de Cuentas auditará las cuentas de la institución</a> y serán públicas todas sus contrataciones. Además, la web de la Casa del Rey deberá publicar su presupuesto, los estados trimestrales de ejecución, los contratos suscritos, las retribuciones de sus trabajadores, los regalos institucionales y la memoria anual de actividades.</p><p>Felipe VI, pues, ha hecho un ejercicio de transparencia que se limita, en realidad, a cuatro cifras. Ha percibido <strong>retribuciones por importe de 4,27 millones de euros durante los últimos 25 años</strong>. Sus sueldos desde 1998, primero como príncipe de Asturias y desde 2014 como rey. Y, de su patrimonio, <strong>2,26 millones</strong> corresponden, por un lado, a <strong>depósitos en cuenta corriente o de ahorro y a valores en fondos de inversión</strong>, y por otro, <strong>305.450 euros</strong> es el valor en que han sido tasados los<strong> objetos de arte, antigüedades y joyas </strong>“de carácter personal” que posee.</p><p><strong>“Es un paso, pero insuficiente”</strong>, resume Carlos Cruzado, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha). A Cruzado no le sorprende <a href="https://www.infolibre.es/politica/felipe-vi-desvela-ahorra-mitad-cobra-presupuesto-publico-desvelar-fondos-invierte_1_1226165.html" target="_blank" >la capacidad de ahorro de Felipe VI</a>, que ha convertido en patrimonio más de la mitad de las retribuciones que ha cobrado en los últimos años. De hecho, tiene casi todos sus gastos cubiertos y <strong>carece de propiedades inmuebles, tanto en España como en el extranjero</strong>, según ha aclarado después la Casa del Rey. <strong>Sólo hace frente a gastos personales</strong>, como los 76.000 euros que cuesta el bachillerato internacional de la princesa Leonor en el UWC Atlantic College de Gales. </p><p>Cruzado sí cree que <strong>debería hacerse público igualmente el patrimonio de la reina Letizia y del resto de la familia real</strong>, al igual que el del rey emérito. “Tienen su asignación, que sale de los Presupuestos del Estado todos los años”, explica, “por tanto, debería saberse cuáles son sus fortunas”. Fuentes de la Casa del Rey, por el contrario, indican a<strong> infoLibre </strong>que el patrimonio de la reina no se desvelará porque Letizia “no tiene responsabilidad”. Sólo se le aplicaría ese criterio en el caso hipotético de que tuviera que ser reina regente, por ejemplo.</p><p><strong>El sueldo anual del rey asciende a 258.927 euros</strong>, mientras que el de <strong>la reina es de 142.402 euros</strong>. La reina Sofía cobra 116.525 euros. Esas retribuciones han recibido una subida del 2%, como el resto de los salarios públicos.</p><p><strong>Tampoco se ha publicado en qué fondos ha invertido</strong> el dinero de su asignación pública Felipe VI, una información que Carlos Cruzado también considera que debería publicarse “completamente detallada”. La Casa del Rey, en cambio, rechaza esa posibilidad. “Tampoco vamos a decir qué marca de vino bebe el rey”, replican. <strong>Ni es una información, añaden, que revelen los altos cargos de la Administración o </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/codigos-conducta-diputados-eurodiputados-diferencias-parlamentario-madrid-bruselas_1_1170452.html" target="_blank" >los diputados del Congreso</a>. Es <a href="https://www.infolibre.es/politica/albares-saneo-cuentas-2021-amortizar-874-608-euros-pasivo-pasar-patrimonio-neto-109-116-euros_1_1223993.html" target="_blank" >al nivel de transparencia que se les exige a unos y otros</a> al que pretende situarse también el rey, según destacan: <strong>“Cumplimos el 100% de la Ley de Transparencia, y eso es por encima del nivel de otras instituciones”</strong>. Los altos cargos de la Casa del Rey ya publican sus declaraciones de bienes, aunque esa ley no les obliga. La norma, igualmente, excluía al monarca en su ámbito de aplicación.</p><p>En efecto, el <a href="https://www.boe.es/buscar/pdf/2018/BOE-A-2018-13186-consolidado.pdf" target="_blank">real decreto de 2018</a> que regula el ejercicio de los altos cargos de la Administración establece que éstos deben presentar una copia de su declaración tributaria en el plazo de tres meses tras su toma de posesión y su cese. También deben comunicar <strong>qué acciones poseen, sus </strong><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>bienes inmuebles y depósitos bancarios, así como las participaciones en el capital social de instituciones de inversión colectivas negociadas</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> –fondos de inversión– </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>y seguros de vida</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. Pero</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> sólo las cifras</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, no tienen por qué incluir en qué entidades han invertido el dinero. Pese a que ésa es </span><a href="https://www.infolibre.es/politica/publicacion-patrimonio-ministros-altos-cargos-no-resuelve-dudas-conflictos-intereses_1_1162871.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">una información fundamental para detectar conflictos de intereses</span></a><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>.</strong></span></p><p>Las fuentes de la Casa del Rey precisan que se trata de fondos gestionados por las propias entidades financieras, “bajo control externo”. Además, aclaran que ningún alto cargo de la Administración, <a href="https://www.infolibre.es/economia/declaracion-bienes-gobierno-revela-sanchez-14-ministros-planes-pensiones-seguros-ahorro_1_1195572.html" target="_blank" >ni los ministros ni el presidente del Gobierno</a>, deben hacer público en qué bancos tienen sus cuentas. E igual ocurre con los <a href="https://www.congreso.es/docu/docbienes/formulario2_bienes_rentas_XIV.pdf" target="_blank">diputados y senadores</a>.</p><p>Llama también la atención que el rey no tenga <strong>ni planes de pensiones ni seguros</strong>. O al menos no los ha desvelado. Lo que sí se compromete a hacer la Casa Real, apuntan sus fuentes a <strong>infoLibre</strong>, es a<strong> actualizar el patrimonio de Felipe VI </strong>según vaya cambiando cada año.</p><p><strong>Tampoco se ha revelado cuántos impuestos paga Felipe VI</strong>. Los 4,27 millones recibidos como ingresos de las arcas del Estado son brutos. Cada año, explica el comunicado real, <strong>el rey hace su declaración del IRPF y de Patrimonio</strong>, que le ayuda a elaborar<strong> la Delegación Especial de Madrid de la Agencia Tributaria</strong>. Las declaraciones tributarias de todos los ciudadanos están protegidas por la máxima confidencialidad. <a href="https://www.infolibre.es/politica/gobierno-madrileno-mantiene-ocultas-declaraciones-bienes-seis-altos-cargos_1_1214629.html" target="_blank" >Ningún alto cargo las hace públicas</a>. “Aunque no la presentara o cometiera alguna irregularidad, daría igual, porque en esa materia, mientras esté en el cargo, <strong>es inviolable</strong>”, recuerda el presidente de Gestha.</p><p><strong>Los presidentes de Estados Unidos llevan publicando sus declaraciones fiscales desde los años 70</strong> no porque les obligue la ley, sino porque se ha convertido en una práctica esperada por los votantes. De los 34 candidatos a la presidencia y vicepresidencia anteriores a Donald Trump, <strong>sólo siete se negaron a hacer públicos sus impuestos.</strong> Incluso <strong>Richard Nixon</strong> desveló su declaración. <strong>Donald Trump</strong> aún pelea por mantenerla en secreto.  </p><p>En realidad, la Casa del Rey no se diferencia en mucho del resto de las monarquías europeas en lo que a transparencia financiera se refiere. <strong>Ni la británica, ni la belga ni la holandesa ni la sueca hacen públicos los patrimonios de sus respectivos monarcas</strong>. La diferencia con Isabel II, sin embargo, es que <strong>la reina posee un enorme catálogo de inmuebles, tierras y empresas</strong>, reunidos en <a href="https://www.thecrownestate.co.uk/" target="_blank">The Crown Estate</a> y gestionados por el Estado. Suman activos valorados en <strong>14.100 millones de libras</strong> —16.678 millones de euros— y, según su página web, en los últimos 10 años han rentado<strong> unos beneficios de 3.000 millones de libras</strong>. En 2021, las ganancias se elevaron a 269,3 millones de libras. Por ejemplo, <strong>Regent Street</strong>, una de las principales calles comerciales de Londres, pertenece a la reina. Pero también castillos y casas de campo, tierras agrícolas y bosques, parques, centros comerciales. Y <strong>suya es más de la mitad de la costa del Reino Unido</strong>, lo que le permite explotar parques eólicos, por ejemplo. </p><p>Eso sí,<strong> la reina no puede vender esas propiedades</strong> ni los ingresos que proporcionan le pertenecen. No están incluidas en The Crown Estate, sin embargo, los palacios de Buckingham o el castillo de Windsor, que administra la propia Casa Real, como tampoco Balmoral o Sandringham, que sí son propiedad privada de Isabel II y parte de su herencia.</p><p>Para sufragar los costes del personal de la plantilla que atiende a la reina y los gastos de funcionamiento de la Casa Real —recepciones oficiales, fiestas—, así como el mantenimiento de los palacios reales en Inglaterra y el coste de sus viajes oficiales, Isabel II percibe el<strong> Sovereign Grant</strong>, que desde 2018<strong> equivale al 25% de los beneficios anuales de The Crown Estate</strong>. Por ejemplo, para el ejercicio 2021-2022, la asignación fue de <strong>86,3 millones de libras</strong>, 102,04 millones de euros, según la información que el propio Gobierno británico publica en su <a href="https://www.gov.uk/government/publications/sovereign-grant-act-2011-guidance/sovereign-grant-act-2011-guidance" target="_blank">página web.</a> </p><p>El patrimonio de la familia real sueca tampoco es público. Sin embargo, asegura un portavoz de la <a href="https://www.kungahuset.se/english" target="_blank" >Casa Real</a> a <strong>infoLibre</strong>, “a través de otras informaciones públicas es posible tener una buena idea de la composición del patrimonio” de Carlos Gustavo y su familia, aunque no precisa cuáles. Según indica, el rey y el resto de los miembros de la familia real pagan <strong>“impuestos sobre su patrimonio de acuerdo con las normas fiscales normales que se aplican a todos los ciudadanos de Suecia”</strong>. Pero la <em>sovereign grant</em> pagada por el Gobierno sueco a la Casa Real para financiar sus gastos <strong>“no se considera un ingreso” y, por tanto, no paga impuestos</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 26 Apr 2022 19:38:36 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Las lagunas de la nueva transparencia real: en qué fondos invierte Felipe VI, cuál es el patrimonio de la reina o qué impuestos pagan]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Economía,Felipe VI,Reina Letizia,Leonor de Borbón y Ortiz,Casa del Rey,IRPF,Impuesto Patrimonio,Juan Carlos I,Reino Unido,Bélgica,Países Bajos,Suecia,Familia real,El futuro de la monarquía,Ley Transparencia,Congreso de los Diputados]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Ley de Transparencia y el interés público obligan a Competencia a publicar qué eléctricas inflan el recibo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/ley-transparencia-interes-publico-obligan-competencia-publicar-electricas-inflan-recibo_1_1208612.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/55f3d808-dd87-41ad-b36f-d99ecde63bbf_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Ley de Transparencia y el interés público obligan a Competencia a publicar qué eléctricas inflan el recibo"></p><p>La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) <a href="https://www.cnmc.es/sites/default/files/3651644_8.pdf" target="_blank">reveló</a> el pasado miércoles que algunas <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/08/12/el_gobierno_advierte_las_electricas_que_podria_impulsar_una_empresa_publica_ante_negativa_bruselas_cambiar_sistema_123548_1012.html" target="_blank">compañías eléctricas</a> han <strong>inflado hasta en un 30% los recibos de la luz</strong> de sus clientes en el mercado libre aprovechando los <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/01/consulta_recibo_antes_planchar_madrugada_espanoles_no_les_afecta_cambio_tarifa_luz_121165_1012.html" target="_blank">cambios en los peajes </a>que empezaron a aplicarse el pasado 1 de junio. Además de esa <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/18/impuestos_electricos_guia_121835_1012.html" target="_blank">variación en los peajes</a>, incluyeron un <strong>aumento en el coste de la energía facturada</strong>. Mientras unas empresas han informado al cliente de manera “transparente y comprensible” sobre ese coste adicional, dándoles la posibilidad de rescindir el contrato sin penalización, otras <strong>han mentido al consumidor</strong> asegurando que la subida en el recibo se debía únicamente al cambio en los peajes.</p><p>Pero <strong>la CNMC no ha hecho públicos los nombres de las eléctricas </strong>que han cometido lo que, según explica la Organización de Consumidores de España (OCU), puede constituir una <strong>infracción grave</strong>, castigada con <strong>multas de 600.000 a seis millones de euros</strong>. Ni tiene intención de hacerlo, por lo menos <strong>hasta que termine el procedimiento de supervisión</strong> a las compañías en que está embarcado el organismo, explica un portavoz. De momento, ha finalizado una primera fase, tras solicitar información a las <strong>25 comercializadoras </strong>con mayor número de clientes, que poseen una cuota de mercado del 91% de puntos de suministro en el mercado libre en baja tensión. En la segunda, pidió información a <strong>las siguientes 18 empresas</strong> del <em>ranking</em>. Ahora está analizando los últimos datos para averiguar si éstas han inflado también los recibos. No se sabrá el resultado de la supervisión hasta dentro de unas semanas. <strong>Cuando finalice, la CNMC determinará</strong><strong>si se trata de “una irregularidad en vías de corrección o de una infracción”</strong>. Sólo en este último caso abrirá un procedimiento administrativo, un expediente, y desvelará los nombres de las empresas infractoras.</p><p>“No se puede concluir sobre la comisión de un ilícito sin previa tramitación de un procedimiento en el que se incluya la <strong>posibilidad de alegación</strong> <strong>y prueba</strong> por parte de los administrados. No hacerlo así constituye una vía de hecho que queda al margen de cualquier Estado de Derecho y, además <strong>perjudicaría el posterior sancionado</strong> (al haberse ya prejuzgado la decisión en un informe previo)”, argumenta la CNMC.</p><p><strong>Tanto Facua como la OCU han pedido por escrito a la CNMC que haga públicos ya los nombres</strong><a href="http://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/08/04/facua_denuncia_las_grandes_electricas_ante_cnmc_por_irregularidades_informacion_las_nuevas_facturas_123309_1012.html" target="_blank">Facua</a> de estas comercializadoras. También que <strong>las sancione con carácter inmediato</strong>. El supervisor asegura que ha <strong>“solicitado” </strong>a las eléctricas que <strong>“regularicen”</strong> los recibos aplicando los “precios correctos”. “Muchas” de ellas, añade sin precisar más, ya han comenzado a hacerlo. Es decir, a devolver el dinero cobrado indebidamente. Un proceso, además, que también supervisará la CNMC. </p><p>Sin embargo, para la OCU, la publicación de los nombres una vez concluido todo el procedimiento llegará <strong>“tarde”</strong>. “Los consumidores están <strong>con las manos atadas por la falta de transparencia”</strong>, explica a infoLibre su portavoz, Enrique García. No sólo desconocen a quién deben reclamar si se les ha cobrado de más, sino que ya de por sí se encuentran indefensos por culpa de <strong>una factura “artificialmente difícil”</strong> que es<strong> “territorio abonado para los abusos”</strong><a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/06/24/tres_reformas_electricidad_aun_fuera_mesa_ribera_empresa_publica_auditoria_las_electricas_sistema_precios_mas_estable_122013_1012.html" target="_blank">“territorio abonado para los abusos”</a>. También advierte de que no es suficiente con “pedir” a las compañías que regularicen los recibos, sino que debería “obligárseles” a hacerlo. “Estamos a disposición de las asociaciones de consumidores para <strong>compartir los análisis</strong> que estamos haciendo”, apunta por su parte la CNMC a preguntas de este periódico. Su portavoz niega que el consumidor quede “desprotegido”. “Seguiremos este tema hasta que se regularice la situación de todas las comercializadoras”, avanza.</p><p><strong>Lo que dice la ley</strong></p><p>La CNMC no publica los nombres de las empresas a las que inspecciona cuando investiga, por ejemplo, un posible<a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/08/20/la_cnmc_multa_empresas_con_millones_entre_ellas_acciona_acs_por_alterar_licitaciones_fomento_123722_1012.html" target="_blank"> cártel que distorsiona la libre competencia</a>. Sólo lo hace una vez que abre el expediente administrativo. En el caso de los informes de supervisión –de sectores como el eléctrico, que tiene bajo su competencia–, no revelar la identidad de las empresas infractoras responde <strong>“más a una práctica” que al cumplimiento de una normativa interna</strong>, indica el portavoz de la CNMC. De hecho, el supervisor de los mercados está <strong>sometido a la</strong> <a href="//boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12887-consolidado.pdf" target="_blank">Ley de Transparencia</a> igual que cualquier otro organismo público. Para que no fuera así, la CNMC tendría que contar con un <strong>“régimen jurídico propio y específico de acceso a la información” </strong>en su ámbito, tal y como establece el Tribunal Supremo en una <a href="https://vlex.es/vid/852466111" target="_blank">sentencia de noviembre de 2020</a>, que resuelve un litigio de transparencia contra otro supervisor, la CNMV. Según el Alto Tribunal, la <a href="https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-11435-consolidado.pdf" target="_blank">Ley de Mercados de Valores</a> “no contiene un régimen específico y alternativo que desplace el régimen general de acceso a la información” contenido en la Ley de Transparencia, “ni limita o condiciona el acceso a la información en materias que no se encuentren protegidas por la confidencialidad”. En el caso de la CNMC, el breve capítulo VIII –sólo tiene dos artículos– de su <strong>reglamento de funcionamiento</strong> se limita a indicar que <strong>su actuación “se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente sobre transparencia”</strong>.</p><p>En la Ley de Transparencia, el artículo 14 enumera las <strong>limitaciones del derecho al acceso a la información pública</strong>, entre ellos <strong>“los intereses económicos y comerciales”</strong>. Pero como precisa el abogado y experto en Transparencia Miguel Ángel Blanes Climent, el Tribunal Supremo ya dejó claro en una <a href="https://vlex.es/vid/695084685" target="_blank">sentencia de 2017</a> que esos límites deben ser <strong>“interpretados de forma estricta”</strong>, para no dejar sin efecto el derecho de acceso a la información pública. “La posibilidad de limitar el derecho de acceso a la información <strong>no constituye una potestad discrecional de la Administración”</strong>, dictaminan los jueces. La ley establece también que la aplicación de esos límites debe ser <strong>“justificada y proporcionada”</strong> y “atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente a la <strong>concurrencia de un interés público</strong> o privado superior que justifique el acceso”.</p><p>En el caso de las infracciones cometidas por las eléctricas, <strong>el “interés público es indudable y más que notorio”</strong>, subraya Miguel Ángel Blanes, teniendo en cuenta además la trascendencia de <a href="http://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/07/05/entrevista_teresa_ribera_122381_1012.html" target="_blank">los precios de récord de la luz </a>en la economía de los hogares <a href="https://www.infolibre.es/noticias/economia/2021/07/22/espana_lleva_todo_mes_media_europea_coste_electricidad_pese_maximo_historico_del_miercoles_122949_1011.html" target="_blank">golpeados por la crisis del coronavirus.</a> La normativa de protección de datos no prohíbe la publicación de los nombres de esas empresas, añade el experto, por lo que deberían publicarse para no aumentar la alarma social e incluso para defender la reputación de las compañías que no han inflado las facturas o, si lo han hecho, han informado a los clientes como exige la ley. Ahora, y mientras no se sepa quiénes son las infractoras, abunda el portavoz de la OCU, Enrique García, <strong>todas están bajo sospecha</strong>.</p><p>Tal vez por ese motivo <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/08/19/el_gobierno_abre_expediente_iberdrola_por_desembalse_ricobayo_123707_1012.html" target="_blank">Iberdrola</a> y <a href="https://www.infolibre.es/noticias/economia/2019/06/29/endesa_revisa_sus_protocolos_atencion_sus_clientes_vulnerables_tras_denuncia_twitter_enfermo_ela_95451_1011.html" target="_blank">Endesa</a> se han apresurado a asegurar que <strong>no han sido “contactadas” por la CNMC para ”corregir errores de adaptación de los contratos”</strong> y que han seguido la metodología marcada por el supervisor para los nuevos peajes eléctricos. Pocas horas después de que ambas empresas negaran estar en el grupo de las infractoras, la CNMC publicó en su blog datos que precisaban el volumen del abuso cometido con los clientes: sólo en <strong>el 1,4% de los contratos analizados </strong>en la primera fase de la supervisión se habían inflado los recibos, unos 240.000. De ellos, <strong>en 150.000</strong> las comercializadoras no habían informado a los consumidores convenientemente.</p><p><strong>Algunas de las posibles infractoras</strong></p><p>A falta de lo que decida la CNMC cuando termine su supervisión, la OCU ya dio el pasado mayo alguna pista sobre quiénes son las empresas que han infringido, precisamente, las normas de transparencia del mercado eléctrico. Entonces denunció que ciertas empresas estaban cobrando un 27,3% donde sólo debería haberse subido un 8,5% el recibo. Y citaba a <a href="https://www.esferaluz.es/es/?cmp=7017R000001Tdh4QAC&cnl=MKT&tlf=900838834&KWD=Brand&gclid=CjwKCAjw95yJBhAgEiwAmRrutLvavZXU4xyVKK5nNnYUfQAmWgRmTCep9MwGyMuzuG2Hguf-vav9dBoC0soQAvD_BwE" target="_blank">Esfera Luz</a> y <a href="https://www.eresenergia.com/" target="_blank"><strong>Eres Energía</strong></a><strong> </strong>como <strong>las comercializadoras con mayores aumentos</strong>. Seguidas de <a href="https://www.naturgy.es/hogar" target="_blank"><strong>Naturgy,</strong></a><strong> Lucera</strong><a href="https://lucera.es/" target="_blank">Lucera</a> en su modalidad con precio fijo, <a href="https://ganaenergia.com/" target="_blank"><strong>Gana Energía</strong></a><strong> </strong>y <a href="https://www.holaluz.com/" target="_blank">Holaluz</a>.</p><p>Por el contrario, aseguraba, las compañías en cuyos precios habían repercutido sólo los cambios regulados eran <strong>Lucera con su tarifa indexada, Som Energía</strong><a href="https://www.somenergia.coop/es/" target="_blank">Som Energía</a> y <a href="https://www.goiener.com/" target="_blank"><strong>Goiener</strong></a><strong>.</strong></p><p>Curiosamente, una de las exigencias de la CNMC a las eléctricas es que sean transparentes, en cumplimiento de la <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2013/12/27/pdfs/BOE-A-2013-13645.pdf" target="_blank">Ley del Sector Eléctrico</a>, que establece el derecho del consumidor a recibir el servicio <strong>“a unos precios fácil y claramente comparables, transparentes y no discriminatorios”</strong>, así como a ser <strong>“debidamente avisado de forma transparente y comprensible de cualquier intención de modificar las condiciones del contrato”</strong>. No puede ser de otra manera: el propio supervisor destaca en su reciente informe de supervisión <strong>“el carácter de servicio de interés económico general”</strong> que constituye el suministro de energía eléctrica.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 30 Aug 2021 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <title><![CDATA[Transparencia reprende a Moncloa por remitir a su web a ciudadanos que preguntan con quién se reúne Pedro Sánchez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/transparencia-reprende-moncloa-remitir-web-ciudadanos-preguntan-reune-pedro-sanchez_1_1207932.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ed8648bf-94ea-42ba-bbe5-ba021ac2d989_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Transparencia reprende a Moncloa por remitir a su web a ciudadanos que preguntan con quién se reúne Pedro Sánchez"></p><p>El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha reprendido a la Secretaría General de Presidencia por haber remitido a un ciudadano a consultar en la web de Moncloa <strong>los datos relativos a la agenda del presidente del Gobierno</strong>, Pedro Sánchez, que había solicitado haciendo uso del derecho de acceso a la información que reconoce la Ley de Transparencia, según informa Europa Press. </p><p>En concreto, el órgano encargado de gestionar las quejas de los ciudadanos en esta materia ha estimado la reclamación de esta persona a la que Moncloa no sólo no remitió la relación de los encuentros con asociaciones o entidades de todo tipo mantenidos por Sánchez sino que, además, <strong>le invitó a buscar lo que quería saber en el portal oficial del Gobierno</strong>.</p><p>La persona que solicitó esa información quería, en concreto, tener acceso al listado de los encuentros de este tipo mantenidos por Sánchez desde su llegada a Moncloa, el 2 de junio de 2018, hasta el 25 de noviembre del año pasado, incluyendo <strong>un desglose por asociación o entidad recibida y la fecha de cada una de esas citas.</strong></p><p><strong>Fuera de plazo</strong></p><p>Tras pasar el mes que marca la ley para que la administración conteste y, al no haber recibido respuesta alguna, el reclamante optó por presentar <strong>una queja el Consejo de Transparencia</strong> y este órgano se la trasladó a Moncloa.</p><p>La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, entonces aún dirigida por el ahora ministro Félix Bolaños, respondió que ya había informado al solicitante de que podía consultar <strong>la agenda oficial de Sánchez en la web de Moncloa</strong> y<strong> </strong>obtener ahí las fechas de las reuniones por las que se interesaba.</p><p>Además, la secretaría general informaba al Consejo de Transparencia de que "<strong>no mantiene un registro de la agenda del presidente del Gobierno</strong> más allá de esa agenda oficial". Dado que la Ley de Transparencia determina que los poderes públicos sólo están obligados a facilitar la información que tienen en su poder, Moncloa pedía al Consejo de Transparencia que desestimara la reclamación del ciudadano.</p><p><strong>"Insuficiente para satisfacer los fines de la ley"</strong></p><p>El Consejo dio audiencia al afectado que, un mes después, alegó que seguía sin recibir contestación de Moncloa, y finalmente ha <strong>estimado su reclamación</strong> instando a la Secretaría General de Presidencia a remitirle la información que había solicitado.</p><p>Pero además, en su resolución, recogida por Europa Press, el órgano que preside José Luis Rodríguez Álvarez advierte a Moncloa de que remitir a los solicitantes de información a la Agenda del Gobierno publicada en su portal "<strong>resulta insuficiente para satisfacer materialmente los fines de la Ley de Transparencia</strong>".</p><p>Transparencia admite que el proceder de Moncloa puede ser "inatacable" desde el punto de vista formal pero le deja claro que no se ajusta a la finalidad de la ley invitar al solicitante a consultar una página "en la que se publican básicamente <strong>sólo los actos institucionales del Gobierno</strong> que son objeto de cobertura informativa y que está configurada como una agenda dirigida primordialmente a los medios de comunicación".</p><p>El Consejo reconoce en su resolución que la Ley de Transparencia no obliga expresamente a publicar las agendas de los altos cargos, pero insiste en que su publicación "contribuye directamente a procurar el fin al que sirve la ley: "Que los ciudadanos puedan <strong>conocer cómo se toman las decisiones que les afectan</strong>, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones".</p><p>En este contexto, subraya la necesidad de avanzar "en la línea marcada por la legislación europea, autonómica y las buenas prácticas seguidas por numerosos organismos públicos", implantando los contenidos de recomendación que el propio Consejo aprobó en 2017 sobre <strong>la publicación de las agendas de los miembros del Gobierno.</strong></p><p><strong>Cada ministro, a su manera</strong></p><p>Así, el Consejo insiste pues en que "la información referida a la actividad de quienes dirigen, organizan y son responsables de la toma de decisiones, contribuye a formar en la ciudadanía <strong>un mejor conocimiento de la actividad pública</strong> y, con ello, a facilitar el escrutinio ciudadano y el ejercicio del control democrático".</p><p>Además, el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la ley recuerda en su resolución que ya ha tenido que ocuparse "en numerosas ocasiones" de cuestiones relacionadas con el acceso a información correspondiente a las agendas de altos cargos.</p><p>Dado que no existe obligación legal de publicar las agendas y que no se han desarrollado las medidas para hacerlo recomendadas en 2017, el Consejo explica que cada departamento ministerial actúa de una manera distinta cuando se le requiere este tipo de información.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 01 Aug 2021 10:56:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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