Estados Unidos amenaza al mundo a cuenta de Irán Alejandro López Canorea
Ya hice una incursión sobre este asunto hace algo más de un año, a modo de comparativa a vuela pluma de lo que se denominan “las cuentas públicas” de todas las comunidades y ciudades autónomas españolas o, más bien, de lo que hay dentro y lo que dejan fuera según haya dictado cada ley autonómica de Hacienda.
En mi afán de tratar de explicar fácilmente las cosas un poco técnicas, todas ellas públicas, y procurar que de este modo se entiendan mejor, aprovecho como gancho el “hype” mediático que ha alcanzado una concreta y madrileña sociedad mercantil 100% pública que es además medio propio personificado, para animarme a preparar esta tribuna a modo de epílogo de aquella.
Me centro en Madrid por el gancho mencionado, pero bien podría hacerse este mismo ejercicio de descomposición y categorización de nuestras entidades públicas –para una mejor identificación– con cualquiera de las restantes comunidades autónomas. Yo me ofrezco a hacerlo si resulta interesante a los lectores y lecturas de este medio con el que colaboro.
Creo que es útil ubicar a la renombrada sociedad mercantil 100% pública dentro de la totalidad del sector público autonómico madrileño, cuyo último censo de 2024 registraba un total de 115 entidades, y que están al alcance en un documento público y oficial para consulta de quien tenga interés o curiosidad. Al sector autonómico hay que añadir el local para tener la foto completa del sector público madrileño, pero para explicar lo que quiero explicar prefiero dejar al margen las 326 entidades locales que lo integran.
Voy a presentar las 115 entidades autonómicas en bloques de la “A” a la “I”, en analogía con su presentación en la Ley de Hacienda autonómica que las reconoce, ya veréis por qué.
En el bloque “A” hay una entidad, la Administración de la Comunidad de Madrid, que se organiza actualmente en nueve consejerías. En el bloque “B” hay tres “instituciones”: la Asamblea, la Cámara de Cuentas y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios. En el “C” son siete organismos autónomos: tres administrativos (la Agencia Madrileña de Atención Social-AMAS; la Agencia para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor; y el Instituto Regional de Salud y Seguridad en el Trabajo-IRSST) y cuatro de carácter mercantil (la Agencia de Vivienda Social-AVS; el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-BOCM; el Consorcio Regional de Transportes de la Comunidad de Madrid-CRTM; y el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario-IMIDRA). En el bloque “D” se sitúan los denominados entes del sector público del artículo 6 con presupuesto de gastos de carácter limitativo (en contraposición al estimativo), que a la fecha eran el Servicio Madrileño de Salud-SERMAS y la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112.
Ya voy acabando. En el bloque “E” hay 12 entes con presupuesto estimativo, como IFEMA. En el bloque “F” hay 33 fundaciones públicas; en el “G”, 14 consorcios entre los que destaca, por notoriedad, IFEMA. En el “H”, las seis universidades públicas y sus entes dependientes. Y en el “I”, por fin llegamos a ellas, hay 25 sociedades mercantiles, entre las que está Planifica Madrid Obras y Proyectos SA, MP.
La Cuenta General de la Comunidad autónoma (de cualquiera) la forma la Intervención General de la Comunidad autónoma (el órgano de control interno o ex ante), que la entrega en una fecha determinada al órgano de control externo o ex post (las Cámaras, Audiencias, Sindicaturas, Consejos, Tribunales, todos ellos de Cuentas) para su fiscalización obligatoria y recurrente a año vencido. En 2026 se audita la Cuenta General de la Comunidad autónoma del ejercicio 2025 para valorar la gestión económico-financiera del sector público en dicho ejercicio, además de comprobar el seguimiento de las recomendaciones emitidas en ejercicios previos.
Como se puede comprobar rápidamente en el buscador de la web institucional de la Cámara de Cuentas, nunca se ha realizado una fiscalización ex profeso de la sociedad mercantil 100% pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A.
La Comunidad de Madrid cuenta, desde 2001, con su propia Cámara de Cuentas, el órgano de control externo reconocido en el Estatuto de Autonomía desde su reforma en 1998. Hasta entonces era el Tribunal de Cuentas el que, de forma subsidiaria, ejercía dicho control, como sigue haciendo con cuatro comunidades y dos ciudades autónomas (Cantabria, Extremadura, La Rioja y Murcia; Ceuta y Melilla).
A diferencia de los elaborados en la práctica totalidad de territorios, en los que el perímetro de la Cuenta General se aproxima al 100% de su sector público, los informes anuales obligatorios de fiscalización de la Cuenta General de la Comunidad de Madrid, de los que existen veintidós hasta la fecha, solo comprenden las entidades del sector público madrileño de los bloques A, B, C y D, quedando fuera del perímetro de la Cuenta General las entidades del sector público madrileño de los bloques E, F, G, H e I, casi un centenar. Y aquí quería yo llegar.
Cierto es que la Ley de Hacienda de la Comunidad de Madrid que ha regido hasta su reforma el 23 de diciembre de 2025 databa nada más y nada menos que de 1990, y que en su artículo 123 delimitaba qué debía estar dentro y qué debía quedar fuera de la Cuenta General, “único eslabón de una cadena que comenzará con la elaboración del Presupuesto y su aprobación, y que, una vez fiscalizada por el Tribunal de Cuentas y aprobada por la Asamblea de Madrid, cerrará el ciclo presupuestario” cada año.
Como se puede comprobar rápidamente en el buscador de la web institucional de la Cámara de Cuentas, nunca se ha realizado una fiscalización ex profeso de la sociedad mercantil 100% pública Planifica Madrid, Proyectos y Obras, M.P., S.A., entre otros motivos, porque con ese nombre existe solo desde noviembre de 2022. Sí existe un informe de fiscalización del conjunto del subsector empresarial en el que se encontraba una de sus antecesoras hoy judicializada, Nueva Arpegio S.A., antes de ser absorbida en 2017 por Obras de Madrid, Gestión de Obras e Infraestructuras, S.A. que hasta ese preciso momento respondía al nombre de ARPROMA (Arrendamientos y Promociones de la Comunidad de Madrid, S. A., de la que hay otro informe de fiscalización, de 2006, como se puede consultar aquí). Pero aún hay más. ARPROMA se llamaba Ciudad de la Imagen de Madrid S.A. desde que en 1991 la crearan Arpegio S.A., Mercasa S.A. y la Corporación Financiera Caja Madrid, S.A., hasta 1994. Todo este trajín en el seno del sector público madrileño pero fuera de la Cuenta General, es decir, no sujeto a la fiscalización obligatoria anual que contempla la ley.
La modificación de la Ley de Hacienda madrileña en los últimos estertores de 2025 en cumplimiento apresurado de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de 2012 implica que este año 2026, por primera vez en la historia de la región, la Cuenta General de la Comunidad de Madrid comprenderá la totalidad del sector público autonómico, “de la A a la I”, salvo las seis universidades públicas que no la integran por la autonomía financiera que les reconoce la ley.
Por tanto, “las cuentas madrileñas” del ejercicio 2025 serán las primeras equiparables a las del resto de comunidades autónomas en términos de completitud y representatividad de su sector público, y estarán fiscalizadas, porque así lo establece la nueva Ley de Hacienda madrileña, antes del 30 de abril de 2027.
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Verónica López Sabater es economista y consejera de la Cámara de Cuentas de Madrid.
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